La Primera Sala resolvió 43 juicios… Destaca un amparo relacionado con las pensiones por viudez

No se puede limitar el derecho a una pensión por razón de género.

Así lo determino la Primera Sala de la Suprema Corte al otorgar el amparo de la justicia a Alberto Flores Pavón.

Los ministros señalaron que la ley no puede exigir más requisitos al hombre que a la mujer, para objetar una pensión por viudez.

Por lo tanto es inconstitucional exigir a los viudos, ser mayores de 55 años, estar incapacitados para trabajar y haber dependido económicamente de la trabajadora.

No se justifica que ante una misma situación jurídica se distinga por razón de género.

Al resolver una Contradicción de Tesis la Primera Sala determinó que el delito de uso indebido de credenciales, condecoraciones o insignias se constituye por el solo hecho de carecer de la calidad jurídica para portarlas.

No es necesario acreditar un uso reiterado o haber disfrutado de las prerrogativas inherentes al cargo que se ostenta.

 En este caso el bien jurídico que tutelado es la seguridad de las instituciones del estado en las que deposita su confianza la sociedad.

Al negar un amparo a la empresa Minera del Norte, los ministros señalaron que la autoridad fiscal tiene facultades para ajustar de oficio el monto que reciben los contribuyentes cuando se determina que hay un saldo a favor.

No se viola la garantía de seguridad jurídica porque la ley establece un plazo de cinco años para que el fisco realice, de oficio, esta compensación.

Verónica González