El impacto de la normatividad internacional en el derecho interno

Si bien la ratificación es un acto de soberanía, México debe continuar con el manejo de esta política internacional, sugirió la Organización Internacional del Trabajo.

En la conferencia “El impacto de la normatividad internacional en el derecho interno”, Humberto Villasmil, representante de la OIT, indicó.

“Y desde luego hay algunos convenios que no solamente México sino otros países considerarán el momento adecuado de estudiar su ratificación, pero México como América Latina es un país con una tradición de ratificación y un numero de ratificaciones muy importantes”.

En el Auditorio José María Iglesias del Máximo Tribunal, el especialista en materia de derecho laboral internacional, destacó la reciente ratificación de México del Convenio 138 sobre Trabajo Infantil.

“Acaba de producirse una ratificación histórica que quiero destacar y celebrar, que es la ratificación del Convenio 138 sobre la edad mínima para el trabajo, histórica por muchas razones pero entre otras porque es un convenio fundamental”.

Dicho Convenio es considerado  uno de los instrumentos clave para avanzar hacia la erradicación del trabajo infantil.

En junio pasado, México fijó ese límite en 15 años.

El 12 de septiembre de 1931, nuestro país ingresó a la Organización Internacional del Trabajo, y ha ratificado 78 convenios de los 188 adoptados por la OIT.

Oscar González

@okogonzalez08

Cada año a nivel mundial 2 millones 300 mil hombres y mujeres mueren a causa de accidentes laborales

Cada año a nivel mundial 2 millones 300 mil hombres y mujeres mueren a causa de accidentes laborales y enfermedades de trabajo, según la Organización Internacional del Trabajo.

En México, de acuerdo con el IMSS, en 2014 se registraron 415 mil accidentes de trabajo y 6 mil 300 enfermedades laborales que generaron  975 muertes.

 “En México de los accidentes de trabajo registrados en 2014, prácticamente una tercera parte son empleados de oficina y una tercera parte son trabajadores no calificados, 70% de todos esos accidentes son hombres y 6 mil 300 resultan en incapacidades permanentes”, Thomas Wissin Pfeiffer, Director de la Oficina de la OIT para México y Cuba.

Cifras que se dieron a conocer en el primer Foro de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Ciudad de México.

Se planteó la necesidad de promover una cultura de prevención de riesgos mediante la capacitación.

 “Un buen nivel de prevención de la seguridad y salud en el trabajo permite el descenso del ausentismo y de los índices de rotación de los trabajadores, la disminución del número de accidentes, la reducción de los costos de los seguros de accidentes y el aumento de la productividad”, Juan Antonio Legaspi, Jefe de Servicios de Seguridad e Higiene en el Trabajo, ISSSTE.

 “Es garantizar la salud de quienes están laborando, y el estrés laboral y la salud mental, que es además un derecho contar con salud mental y garantiza mejores condiciones para contribuir a la productividad”, Amalia García Medina, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo DF.

Los principios básicos de la prevención de riesgos de trabajo comienzan con una evaluación para combatirlos desde su origen, adaptar el trabajo a la persona, adaptarse al progreso tecnológico y priorizar las medidas de protección colectiva.

Emmanuel Saldaña

@emanuelcomunica

15 años, edad mínima para trabajar

Se publicó el acuerdo que aprueba el Convenio 138 de la OIT, que obliga al Gobierno Federal a abolir efectivamente el trabajo infantil y a establecer como edad mínima para el ingreso al empleo, la de 15 años.

Día Mundial del Refugiado

“No hay nada peor que ser un refugiado y ser obligado a dejar todo atrás. Todo lo que he tenido se ha ido. Mis hijos estaban llorando y asustados, no quieren dejar su casa. Algunos estaban enfermos, ni siquiera podían caminar, pero tuvimos que irnos”, Taqi Alirefugiado de Irak.

La guerra y conflictos sectarios han obligado a 45.2 millones de personas en todo el mundo a dejar sus hogares.  

Seis de cada diez refugiados provienen de: Siria, Colombia, Nigeria, República Democrática del Congo y Sudán.

Y los recientes conflictos en Ucrania e Irak aumentarán la cifra.

Siria generó el mayor número de refugiados en 2013, el 43 % del total mundial.

La Organización Internacional del Trabajo denunció que más de 100 mil niños sirios refugiados en Líbano y Jordania trabajan en condiciones extremas para ayudar a sus familias.

En México hay mil 647 refugiados provenientes de El Salvador, Colombia, Haití, y Sri Lanka.

La Convención de Ginebra de 1951 define a los refugiados como perseguidos por cinco motivos: ideas políticas, raza, religión, nacionalidad o pertenencia a algún grupo social y establece que las naciones están obligadas a conceder asilo humanitario y no pueden devolver por la fuerza a ningún refugiado a su país de origen.

Francia, Canadá y Estados Unidos concedieron estatuto de refugiadas a mujeres que han sufrido mutilaciones sexuales o que corren el riesgo de sufrirlas en sus países y España concedió en 2009, refugio a homosexuales.

En el marco del Día Mundial del Refugiado, que se conmemora este 20 de junio, la ONU aseguró que aún falta mucho por hacer.

“Lo que la comunidad internacional está haciendo es muy poco en comparación con el sufrimiento y las necesidades de las personas”, Antonio GuterresAlto Comisionado ACNUR.

Un desplazado es aquella persona que no traspasa ninguna frontera internacional, un refugiado sí lo hace, dejando atrás toda su historia.

Lorena Sánchez Cabrera

LoreSan_12

3 millones de niños y adolescentes trabajan en México

El trabajo infantil es una de las mayores violaciones a los derechos de los niños y adolescentes, advirtió la Organización Internacional del Trabajo.

En México 3 millones de niños de entre 5 y 17 años trabajan y 4 de cada 10 no asiste a la escuela.

A nivel mundial son 168 millones de menores de edad los que trabajan, de los cuales, 85 millones de niños realizan un trabajo peligroso.

Durante la presentación del libro “El trabajo infantil y el derecho a la educación en México”, la Organización Internacional del Trabajo alertó que el reto es cerrar las brechas en educación y el combate a la pobreza.

Con ello, se logrará erradicar el trabajo infantil.

“Por qué un porcentaje tan alto de niños, niñas y adolescentes en nuestros países prefieren la opción del trabajo a la de la escuela y qué debería hacerse para revertir este fenómeno, cuáles son las limitaciones, cuáles son los obstáculos, las condiciones que habría que superar”, Thomas Wissing, Director OIT en México.

El Instituto Nacional de Evaluación Educativa consideró que el trabajo infantil es dañino al menor ya que provoca el abandono de la escuela, violenta sus derechos como el del esparcimiento.

Su directora y autora del libro, Silvia Schmelkes dijo que debido a las condiciones de pobreza de muchas familias, prohibir el trabajo infantil causaría mayores problemas.

“Violenta una serie de derechos de los niños, les impide jugar, relacionarse con personas de su edad y los expone a accidentes y lesiones”.

El libro es un estudio sobre las causas y estatus del trabajo infantil en México.

Recomienda una política integral de atención a los menores que laboran.

Y la realización de una lista en la que se especifiquen los trabajos de extremo peligro para los niños.

La presentación del libro coincidió con la entrada en vigor de la reforma al Artículo 123 constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación, en el que se establece la prohibición de trabajo para los menores, es decir, se elevó de 14 a 15 años,  la edad mínima para trabajar en México.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Hoy en la sesión del Pleno

GOC_0102 SESION DEL PLENO SCJN 27052014Por mayoría de 10 a uno, el Pleno de la Corte declaró la invalidez del decreto que reformó diversos artículos de la Constitución del Estado de Michoacán, para reconocer los derechos de los pueblos y comunidades indígenas. (Controversia constitucional 32/2012).

La decisión se adoptó, porque el Congreso del Estado no consultó al Municipio de Cherán, sobre el contenido de la mencionada reforma, violando un derecho protegido por los artículos 1, 2 y 115 de la Constitución federal y el 6 del Convenio 169 de la OIT.

“Se declare la invalidez de esta reforma constitucional, precisamente por no haber satisfecho la necesidad de consulta que según el artículo sexto, apartado uno, inciso a del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, establece para consultar a los pueblos indígenas en el momento que se emita o se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.

Explicaron que en este caso, el Convenio de la OIT, ofrece una mejor protección al Municipio indígena de Cherán.

“Pero a partir de ahí hace el análisis precisamente de este derecho a la consulta que no ha tenido un buen desarrollo en nuestro medio y no solamente en nuestro medio en la región”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.

Explicaron que como municipio indígena violó una atribución propia, que es la defensa de los derechos de sus integrantes.

“De este modo el llamado derecho de consulta para comunidades y pueblos se transforma en una competencia, cuando estamos frente a un municipio integrado por usos y costumbres y el municipio como órgano u orden de competencia tiene participación en el proceso de toma de decisiones correspondiente”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.

 “Yo deduzco que si existe un derecho a la consulta previa en los procesos legislativos que atañen a las comunidades indígenas, el cual, en el caso que analizamos no se respetó, por lo que la reforma impugnada es inconstitucional”, Sergio Valls Hernández, Ministro SCJN.

 “Y la oración que propondría yo agregar inmediatamente después de este párrafo, sería la siguiente, dicha consulta debe de llevarse a cabo de manera previa, libre, informada, de buena fe y con la finalidad de llegar a un consenso”, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Ministro SCJN.

 “También debe adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la consulta efectiva de los pueblos indígenas para la adopción de decisiones en todos los ámbitos que repercutan en sus derechos”, Olga Sánchez Cordero, Ministra SCJN.

El Ministro Fernando Franco se pronunció en contra del proyecto, al considerar que el decreto impugnado, no afectaba ninguna atribución del municipio actor.

“El tema aquí que se está abordando es, si hay violación a las competencias del Municipio y con el mayor respeto a las otras opiniones, yo no encuentro en donde se violenta la Constitución general de la república o la constitución o las leyes de los estados en este aspecto”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.

Postura que no compartió la mayoría.

“Y con independencia de que yo no he participado de la idea mayoritaria en este Tribunal Pleno de que las controversias constitucionales solamente pueden versar sobre temas competenciales, en mi opinión no hay ninguna razón constitucional o de ley reglamentaria, mucho menos a la luz del artículo primero constitucional que limite este aspecto”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

 “Solo que la salvedad que apunté va en el sentido de la inaplicación de la jurisprudencia, por considerar que existe un concepto creado ahora de Municipio indígena”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.

El Pleno solo dejó pendiente definir los efectos de esta resolución, lo que determinará en su próxima sesión.

José Luis Guerra García

Trabajo forzoso genera 150 mil MDD anuales en el mundo

21 millones de personas son víctimas de trabajo forzoso en el mundo.

Esta actividad genera ganancias por 150 mil millones de dólares anuales, denunció hoy la Organización Internacional del Trabajo.

99 mil millones de dólares, provienen de explotación sexual comercial.

En América Latina se generan 12 mil millones de dólares anuales por explotación forzosa que abarca el trabajo doméstico, la agricultura y otras actividades.

Asia es el continente que concentra la mayor cantidad de víctimas de trabajo forzoso.

“Tenemos que entender el papel de la oferta y la demanda, y cómo algunos empresarios sin escrúpulos todavía pueden cosechar enormes ganancias por pagar mal, o no pagar a los trabajadores. Tenemos que fortalecer la protección social para evitar que los hogares caigan en la pobreza que empuja a la gente hacia el trabajo forzoso”, Guy Ryder, Director General OIT.

El informe destaca que en la explotación sexual y el trabajo doméstico más de la mitad de las víctimas son mujeres y niñas.

Mientras que hombres y  niños son víctimas de explotación económica en la agricultura, construcción y minería.

Congreso de la democracia liberal a la soberanía popular

El desarrollo de megaproyectos en México persiste como una de las causas de violaciones a los derechos de las comunidades y pueblos indígenas.

Entre las principales violaciones están la pérdida de acceso a sus tierras, de la alimentación, del trabajo, de un medio ambiente sano, y con esto, la pérdida de la salud.

En entrevista, Daniel  Vázquez, investigador de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, llamó a privilegiar el derecho a la consulta.

Este derecho está en el Convenio 169 de la OIT.

Establece la responsabilidad de los gobiernos de consultar a estas comunidades antes de llevar a cabo actos que pudieran afectar su cultura.

“El principal problema que estamos viendo que incluso ahí donde hay consultas, donde hay acuerdos por parte de las comunidades donde hay pagos indemnizatorios o de otro tipo, con los que no se está contando es con los efectos secundarios que están teniendo este tipo de proyectos”.

Lamentó que las obligaciones establecidas en este convenio no se reflejen en políticas públicas en el Estado mexicano.

Un ejemplo de megaproyectos que causan grandes daños a las comunidades originarias, es la minería tóxica de oro a cielo abierto.

Este proceso consiste en excavar espacios de más de 400 metros de profundidad y de ancho, un equivalente a diez canchas de futbol.

Se pulveriza la tierra y se rocía con cianuro, que después se limpia con miles de litros de agua.

Una de estas minas consume en una hora la misma cantidad de agua que los habitantes de baja california sur en un mes.

La extracción de un gramo de oro genera 20 toneladas de desechos tóxicos.

Mario López Peña

Infancia vulnerable en México

El análisis sobre discriminación en la infancia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, denunció que el 35 % de los niños entre seis y nueve años de edad ha sufrido no sólo violencia por parte de su propia familia, sino también en la escuela.

Un país que no está pensado para la infancia, con paliativos a corto plazo, a decir del CONAPRED.

El documento sobre la discriminación de la infancia reveló además que 12 millones de personas menores de 18 años en México padecen pobreza alimentaria.

Ocho de cada 10 niños y niñas en el mundo que ha sido explotado sexualmente, primero sufrieron violencia al interior de sus familias.

El CONAPRED demandó que México ratifique el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo, que establece la edad mínima para ingresar a laborar a partir de los 15 años.

La importancia del respeto a los derechos de la infancia radica en el hecho de que el 30 % de la población mexicana está compuesta por menores de 14 años de edad.

Oscar González

@okogonzalez08

Explotación laboral infantil en México

La explotación laboral infantil en una de las más graves violaciones a los derechos de los niños.

Práctica, deleznable que no se ha podido erradicar en México, coincidieron funcionarios y especialistas.

“Interfiere  de manera grave en el ejercicio de otros derechos porque tenemos claro como sociedad que niñas y niños deben estar en la escuela, deben estar jugando, deben estar disfrutando su infancia”, Mónica González Contró, Investigadora IIJ UNAM.

Ignacio Rubí Salazar, subsecretario de Inclusión Laboral de la Secretaría del Trabajo, explicó que México tiene compromisos internacionales en la materia con plazos fijos.

“En el 2016 México se ha comprometido a erradicar las peores formas de trabajo infantil o del 2020 de que en ese año en México no exista ningún tipo de trabajo infantil”.

Entre los pendientes del Estado mexicano, señaló, está la ratificación del Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo.

Así como reformas constitucionales sobre la modificación de la edad mínima, de 14 a 15 años para la admisión al empleo.

La Ley federal del trabajo establece que para  que las personas mayores de 14 años y menores de 16 puedan trabajar es necesario:

Haber terminado educación media superior.

Autorización de sus padres o tutores.

Relación por escrito con quien le contrate, además de las firmas de autorización de quien ejerza patria potestad.

Y; certificado médico.

Su jornada de trabajo diario no debe exceder las seis horas.

Mario López Peña