Hoy en la sesión del Pleno

El Pleno de la Suprema Corte determinó que es competencia exclusiva del Congreso de la Unión legislar en materia de partidos políticos, coaliciones y la manera de computar los votos que reciben este tipo de alianzas electorales. (Acciones de inconstitucionalidad 22/2014 y acumuladas 26, 28 y 30/2014).

Al continuar con el estudio de diversas acciones de inconstitucionalidad, indicaron que el Artículo 73 de la Constitución otorga dicha facultad al legislador federal.

“No le está dejando competencia a las legislaturas de los estados, está diciendo el tema de coaliciones así sea por ley general es un tema que está agotado por el legislador federal, ahí legislador local no puedes hacer nada, porque está el país pretendiendo llegar a un sistema uniforme”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.

 “Por supuesto que los estados no podrían legislar, sobre lo que está expresamente determinado, primero en el transitorio constitucional y después en la ley general, sin embargo, hay un sinnúmero, no me voy a detener ahora, un sinnúmero de situaciones que pueden ni estar comprendidas en ese segundo transitorio y por supuesto y lo afirmo no están comprendidas en la ley general, y que además está prevista la existencia de esas figuras como son las coaliciones de ayuntamiento”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.

Sin embargo, los ministros declararon la invalidez de la porción normativa del Artículo 83, párrafo 13 de la Ley general de partidos políticos, que contabiliza a favor del candidato, pero no para los partidos con fines de la representación proporcional y reparto de prerrogativas, cuando en la papeleta se cruce el emblema de más de uno de los partidos coaligados.

“Me parece justificado como lo señala el precepto, que el voto solo cuente para el candidato postulado y no para los partidos, pues sí así fuera se correría el riesgo construir un respaldo artificioso de incertidumbre a partir del cual se repartirían las prerrogativas”, Luis María Aguilar Morales, Ministro SCJN.

 “Desde mi punto de vista el legislador reguló las coaliciones de una forma incompatible con dicho principio de equidad, al cancelar la posibilidad de que los partidos coaligados obtengan el cómputo de los votos otorgados en común como coalición al final del proceso”, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Ministro SCJN.

El Pleno declaró la validez de las disposiciones de la Ley general de instituciones y procedimientos electorales que prohíben a los candidatos independientes recibir aportaciones de empresas mercantiles.

Además de las medidas de fiscalización de sus gastos de campaña y el derecho que tienen para impugnar las decisiones que lesionen sus intereses.

En cuatro acciones más, indicaron que se apegan a la constitución diversas disposiciones de la Ley general de partidos políticos que regulan la vida interna de este tipo de organizaciones. (Acción de inconstitucionalidad 23/2014 Acumuladas 24, 25, 27 y 29).

Entre estas la que obliga a los órganos de dirección nacional aprobar las coaliciones.

Las que ordenan contar con instancias internas de justicia partidaria y mecanismos alternos de solución de conflictos.

Las que definen el tipo de coaliciones y que estas solo podrán integrarse si incluyen por lo menos el 25 % de los cargos en disputa y las que prohíben a los partidos de nuevo registro participar en coalición en la primera elección que intervenga.

“Y la propuesta es que el artículo impugnado exige que la decisión de formar coaliciones, frentes y fusiones sea aprobada por el órgano de dirección nacional que establezca el estatuto de cada uno de los partidos, lo que resulta razonable, según la propuesta del proyecto”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.

 “Yo estoy parcialmente a favor, en mi opinión, la obligación de incluir mecanismos alternativos de solución de controversias que prevé el artículo 46 en sus numerales uno y 3, me parece que es una intromisión excesiva en la vida interna de los partidos”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

En una acción más, el Pleno declaró la validez del Artículo 16 de la Ley general en materia de delitos electorales que establece las sanciones a los ministros de culto que induzcan o presionen el voto a favor de un determinado candidato o partido político, que el PRD impugnó, porque se eliminó de dicha disposición, la palabra orientar. (Acción de inconstitucionalidad 50/2014).

Se propone declarar infundado el concepto de invalidez en el que se aduce que la disposición impugnada es contraria a bien jurídico protegido por el Artículo 24 de la Constitución federal”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.

“Por lo que una consecuencia probable y factible sería que los ministros de culto religiosos tengan la posibilidad de orientar el sentido del voto de sus feligreses”, Olga Sánchez Cordero, Ministra SCJN.

 “Yo también me apartaría de esta parte del proyecto donde se da a entender que el término orientar que fue el que se excluyó expresamente, puede quedar incluido en presionar o inducir que si se mantiene en el tipo penal que analizamos, yo también en este punto me apartaría de las consideraciones del proyecto porque yo estimo  que fue expresa la manifestación del legislador en el sentido de suprimir el concepto de orientar como elemento de esta figura típica”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.

Con esta resolución, prácticamente el Pleno habría desahogado 10 de las casi 60 acciones que se promovieron para pedir la anulación de diversas disposiciones en materia electoral. 

José Luis Guerra García

Aprueba INE plan de trabajo para el desarrollo del sistema en línea de contabilidad de partidos políticos

Por unanimidad, el Instituto Nacional Electoral aprobó el plan de trabajo para el desarrollo del sistema en línea de contabilidad de los partidos políticos.

En la sesión extraordinaria del INE, destacaron la importancia de un control más ágil de las finanzas partidistas en nuestro país.

“Que nos permitirá tener un control más ágil, mucho más pronto, mucho más expedito, y estoy convencido también, más exhaustivo de las finanzas partidistas”, Lorenzo Córdova, Consejero Presidente INE.

Explicó que ahora, por mandato constitucional, las elecciones se afectan de manera grave ante el caso de un rebase en los topes de gastos de campaña, superior al 5 % del máximo permitido por la legislación.

“Nosotros vamos a tener de cara al próximo año, de cara a cada elección que finiquitar los ejercicios de auditoría de las cuentas de los partidos políticos, de los ingresos y gastos de las campañas electorales de todos los partidos políticos nacionales en apenas 45 días, después de concluido el proceso electoral”.

El consejero Ciro Murayama consideró que la fiscalización de los recursos de los partidos políticos es el antidoping de la política, toda vez que  asegurará que sólo ingresen recursos lícitos, y que éstos no alteren las condiciones equitativas de la competencia.

El sistema permitirá capturar en línea los ingresos y egresos, la documentación comprobatoria de los sujetos obligados por la ley, así como cruzar información con el Sistema de Administración Tributaria y la propia Secretaría de Hacienda.

En la segunda sesión extraordinaria, el INE aprobó el acuerdo por el que se determina la distribución de financiamiento.

Cada uno de los tres nuevos partidos políticos, movimiento de regeneración, frente humanista, y encuentro social, recibirán 36.3 millones de pesos de agosto a diciembre de este año.

Oscar González

@okogonzalez08

Se establece número de diputados en partidos de Colima

En Colima entraron en vigor las reformas a los artículos 22, 33 y 86 de su Constitución que establecen que ningún partido podrá tener más de 16 diputados, la reelección a dicho cargo y que obligan a los partidos a postular el 50 % de candidatos de un mismo género.

IFE pone límite a partidos políticos sobre dinero que pueden recibir de simpatizantes

La Unidad de Fiscalización del IFE, informó que en 2014 el monto máximo que podrán recibir los partidos políticos de simpatizantes será de 34 millones 946 mil 931 pesos, misma cantidad que podrán recibir de sus militantes o candidatos como cuotas o donativos; en tanto que las aportaciones de personas físicas o morales, será de un millón 747 mil 346 pesos.

Financiamiento de partidos políticos

El IFE publicó el acuerdo que establece que en el presente año destinará 3 mil 810 millones 786 mil pesos al financiamiento de las actividades ordinarias de los siete partidos políticos con registro, de los cuales el PRI recibirá mil 60 millones, el PAN 890 millones y el PRD 678 millones.

IEDF canalizará recursos a partidos políticos

El Instituto Electoral del Distrito Federal dio a conocer que canalizará 343 millones 926 mil pesos a los siete partidos con registro, de los cuales el PRD, recibirá 110 millones 173 mil pesos, el PAN 68 millones 900 mil y el PRI, 63 millones 515 mil pesos. El partido que menos recursos recibirá en 2014 es Movimiento Ciudadano, con 23 millones 167 mil pesos.

Financiamiento a partidos políticos de Guanajuato

El Instituto Electoral de Guanajuato, dio a conocer que en el presente año destinará 55 millones 122 mil pesos al financiamiento de los cinco partidos con registro en el Estado, de los cuales el PAN recibirá 20 millones 501 mil pesos, el PRI 16 millones 469, el PRD 6 millones 752 mil, Partido Verde 6 millones 181 y Nueva Alianza poco más 5 millones.

Partidos Políticos deberán presentar informe de ingresos: IFE

El IFE dio a conocer el acuerdo que establece que las organizaciones que pretendan convertirse en partidos políticos, deberán presentar un informe del origen y destino de sus ingresos que abarque del mes de enero de 2013 a enero de 2014.

Transparencia en los partidos políticos

Las democracias modernas no se agotan con el voto, tienen como elemento fundamental el acceso a la información, aseguró Ángel Trinidad Zaldívar, comisionado del IFAI.

En el Seminario Internacional de Transparencia Judicial 2013, Acceso a la información y protección de datos, destacó que en un régimen autoritario hay opacidad.

“El único mecanismo a través del cual el ciudadano puede ser partícipe de la toma de decisiones, puede ser partícipe de la creación y mejoramiento de las políticas públicas es a través del conocimiento que se obtiene con el acceso a la información y con la transparencia”.

Por su parte, el magistrado del Tribunal Electoral, Flavio Galván, destacó que los partidos políticos también están obligados a la transparencia y rendición de cuentas.

“Con la expedición de la Ley de transparencia las circunstancias cambian, ya se establece el deber jurídico del Instituto para como sujeto obligado a la información proporcionar todo lo solicitado por los ciudadanos, sean o no militantes de los partidos políticos”.

Durante la mesa “Transparencia en los partidos políticos”, el magistrado habló de la importancia de construir un registro público electoral, como mecanismo de acceso de los ciudadanos a la información de partidos y candidatos.

Para el académico José Roldán, el acceso a la información de los partidos políticos, se dará con la reforma al IFAI.

“Particularmente calificados dentro del género de sujetos obligados, pero que aun cuando compartan esta característica general con otros sujetos gubernamentales, los partidos políticos tienen una posición especial que ameritaría reflexionar no solamente por su propio estatus jurídico”.

Destacó que en la medida en que existe el interés público, los organismos e instituciones deben sujetarse a los principios de transparencia y acceso a la información.

Martha Rodríguez

Transparencia Internacional dio a conocer resultados del Barómetro Global de la Corrupción 2013

La organización Transparencia Internacional dio a conocer los resultados del Barómetro Global de la Corrupción 2013.

Más de la mitad de las 114 mil personas encuestadas en el mundo, considera que la corrupción se ha agravado en los últimos dos años.

Esta cifra demuestra que la corrupción es un problema global y que afecta a distintas culturas y países, según Transparencia Internacional.

En el caso de México, el 73 por ciento de los entrevistados considera que la policía es una institución extremadamente corrupta.

En segundo lugar ubican a los partidos políticos, con 72 por ciento y en tercer lugar a los funcionarios públicos con 67 por ciento.

El Poder Judicial se ubica en cuarto lugar con un porcentaje menor, de 58 por ciento, aunque no se especifica si se trata del federal o local.

De los mexicanos que fueron encuestados por Transparencia Internacional, el 61 por ciento declaró haber pagado algún soborno a la policía en el último año.

El 55 por ciento a alguna autoridad judicial, el 31 por ciento por servicios de construcción y el 27 por ciento pagó  soborno a alguna autoridad para un registro o permiso.

Juan Carlos González