Pendientes en la Reforma Electoral en materia de reelección de candidatos para 2018
23/09/2015 Deja un comentario
La regulación de actos anticipados y campañas negativas en la legislación electoral mexicana, fueron pensados para fomentar la competencia basada en las propuestas y no en la desacreditación del rival.
En el Seminario Internacional: Evaluación de las Elecciones 2015, se habló sobre el reto de cómo estas reglas se van a enfrentar en la reelección, figura que aplicará para los legisladores que sean electos en los comicios del 2018.
“Quien esté sujeto a reelección esa persona anticipando el posible castigo que recibirá de sus electores, intentará gobernar de forma tal que sus electores lo aprueben en el momento de la siguiente elección”, Dr. Rodrigo Salazar, Investigador FLACSO.
Los participantes llamaron a realizar un diagnóstico base cero desde la perspectiva ciudadana y no desde las cúpulas partidistas.
“El artículo 51 constitucional determina que serán los partidos políticos quienes de manera única y exclusiva sean los que decidan si su militancia o su no militancia puede transitar hacia la reelección consecutiva”, María del pilar Hernández, Investigadora IIJ-UNAM.
Afirmaron que la reforma electoral se materializó en medio de una mala negociación.
Entre otras cosas, porque aún quedan diversas interrogantes por atender, relacionadas con las campañas y la manera en que se regulará este periodo para los funcionarios, la separación del cargo de candidatos para el periodo de precampañas y cómo se definirán los tiempos de campaña.
“Si no ocurre esta reforma que toque estos temas que ponga orden o claridad o certeza a la reelección pues lo va a hacer el Tribunal Electoral”, Dr. Javier Aparicio, Investigador CIDE.
Según los especialistas uno de los temas que no quedó claro en la Reforma Electoral es la definición de lo que constituye un acto anticipado de campaña, específicamente si los informes de actividades durante la gestión de un futuro candidato a reelección podrían ser objeto de sanción.
En otra mesa del seminario los participantes señalaron que las consecuencias sobre la democracia, a partir de la prohibición de la calumnia y difamación, han convertido a la Ley Electoral en un catálogo de restricciones más que en una legislación que conduzca el proceso.
Lorena Sánchez Cabrera