Emite CNDH recomendación al gobernador de San Luis Potosí por violación al derecho de acceso a la justicia

La Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió una recomendación al gobernador de San Luis Potosí, Juan Manuel Carreras López por violación al derecho de acceso a la justicia.

En octubre de 2012 una mujer perdió la vida en el interior de un establecimiento de la capital potosina.

Tres meses después, los familiares acudieron a la CNDH a levantar la queja a través de la cual la madre de la fallecida expresó que después de 36 semanas no se esclareció el caso y se les impidió el acceso a la averiguación previa.

Siete meses más tarde, el propietario y gerente del establecimiento donde ocurrieron los hechos fue consignado y se le dictó auto de formal prisión por el delito de homicidio culposo, en agravio de la joven.

Al analizar las evidencias, la CNDH acreditó la violación al derecho de acceso a la justicia por parte de los agentes adscritos a la Procuraduría General de Justicia del Estado, por lo que realizó las siguientes recomendaciones:

Reparar el daño a la madre y al hermano de la afectada, inscribirlos al registro estatal de víctimas, así como colaborar en la presentación de queja y denuncia contra los servidores públicos involucrados.

Por otro lado el organismo resaltó en su recomendación, la implementación de cursos de capacitación para agentes del ministerio público sobre acatamiento de disposiciones jurídicas y de atención a los derechos humanos.

Laura Murillo

@27_fergie

Concluye SCJN análisis de Código Electoral de Puebla, invalidó 7 artículos

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia invalidó el requisito de comparecencia personal ante el Instituto Electoral de quienes apoyen a aspirantes a candidatos independientes, que disponía el Código Electoral de Puebla.

“Constituye una carga excesiva y desproporcionada si se atiende al objetivo, del legislador ordinario, de cerciorarse de la certeza del apoyo ciudadano”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN, Ponente.

No pueden los partidos reunirse a través de sus diputados, emitir una norma que constituya una barrera de entrada a candidatos independientes”, Alfredo Gutiérrez, Ministro SCJN.

Al terminar el análisis de diversas acciones de inconstitucionalidad promovidas contra disposiciones de esa norma estatal, hubo votos en contra de esa invalidez pues argumentaban que había precedentes. (Acciones inconstitucionalidad 88/2015 y acumuladas 93/2015,  95/2015).

En la acción 40/2014 se analizó un artículo de la Ley Electoral de San Luis Potosí, sobre la comparecencia personal ante autoridad electoral de quienes apoyen a  un aspirante a candidato independiente… En la comparecencia deben entregar una manifestación de respaldo, con una copia de su credencial para votar.

“Si se consideró válido o constitucional la obligación exigir la copia es dentro del contexto que tiene que darse que es comparecer ante la autoridad electoral”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.

La resolución se remitió a la copia de la credencial”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN.

Los efectos de la resolución de estas acciones de inconstitucionalidad a una semana de que inicie el proceso electoral en Puebla son las siguientes:

El Pleno invalidó 7 artículos  del Código Electoral de Puebla, entre otros temas, por rebase de competencias del Congreso estatal para legislar en materia de coaliciones; por establecer requisitos desproporcionados para candidatos independientes; por recurrir al padrón electoral como base para que se aplique el porcentaje mínimo de ciudadanos que apoyen esas candidaturas, y la brevedad de tiempos para precampañas.

Por extensión, los ministros  invalidaron 10 disposiciones más de la norma impugnada, destacan los incisos A y B de la fracción primera del artículo 201 Quáter, que contenía el requisito del 3 % del padrón electoral para apoyo de candidatos independientes.

La invalidez debiera darse respecto de los incisos a y b en su totalidad a efecto de que el legislador del estado proceda en su libertad de configuración a establecer cuáles son las modalidades para llevar a cabo las elecciones en esas condiciones”, José Ramón Cossío, Ministro SCJN.

Si bien hace referencia al porcentaje del 3 %, estaríamos invalidando la base sobre la que se aplica ese porcentaje… En consecuencia la autoridad legislativa deberá en uso de sus facultades, volver a legislar sobre esas bases”, Jorge Mario Pardo, Ministro SCJN.

La Suprema Corte inició el análisis de acciones de inconstitucionalidad promovidas por Movimiento Ciudadano, PAN y MORENA, contra diversas disposiciones de la Constitución de Chihuahua y de la declaratoria de aprobación de reformas a dicha Constitución.

El proceso electoral en ese estado inicia el 1 de diciembre próximo.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

La SCJN publicó una sentencia relacionada con la Ley Electoral de San Luis Potosí

Se dio a conocer la sentencia del Pleno en la acción de inconstitucionalidad 40/2014 y acumuladas, en las que declaró la invalidez de algunos artículos de la Ley Electoral de San Luis Potosí relacionados con las coaliciones, la distribución de los diputados de representación proporcional y la duración de las precampañas y campañas.

Confirman distribución de diputados de representación proporcional en San Luis Potosí

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, confirmó la distribución de los 12 diputados de representación proporcional en San Luis Potosí, al constatar que se cumplió con el requisito de equilibrio, entre las distintas fuerzas políticas que integran el Congreso de esa entidad, quienes rindieron protesta este 14 de septiembre.

SHCP firmó convenios con Puebla, Quintana Roo y San Luis Potosí

La Secretaría de Hacienda firmó acuerdos de colaboración con los estados de Puebla, Quintana Roo y San Luis Potosí, para el cobro de diversos impuestos federales y de multas impuestas a los contribuyentes por violaciones al Código Fiscal de la Federación.

Comienzan operaciones centros de justicia penal federal en Guanajuato, Querétaro, Baja California Sur y San Luis Potosí

la foto 4Desde las cero horas del 1 de agosto del año en curso, comenzaron a operar los centros de justicia penal federal en Guanajuato, Querétaro, Baja California Sur y San Luis Potosí.

Con ello el Poder Judicial de la Federación cumplió en tiempo y forma con la tercera etapa de la implementación de la reforma penal.

El Centro de Justicia Penal Federal de Baja California Sur lo inauguró el consejero Alfonso Pérez Daza.

Y quiero ser muy enfático en expresar que el único elemento capaz de reconciliar a una sociedad que se siente agraviada por el delito, con su gobierno, es la credibilidad en el estado de Derecho. Sin éste, no hay sociedad que prospere: los ciudadanos y sus familias son desplazados por la incidencia delictiva y la vida económica se afecta”.

El consejero, Ernesto Saloma Vera hizo lo propio en Guanajuato.

La justicia se impartirá en Centros de Justicia Penal, que materializan los nuevos principios de la justicia penal; la Sala de Audiencias, como la que estamos ahorita, es el corazón de este sistema; el juez y todos los operadores; imputado y víctima confluyen para resolver el conflicto».

En Querétaro encabezó la ceremonia el consejero José Guadalupe Tafoya Hernández.

Los Centros de Justicia Penal se regirán por nuevas reglas procesales que incorporan, con especial énfasis, vías y mecanismos alternativos de solución como la mediación y la conciliación, privilegiando la presunción de inocencia e igualdad entre el imputado y la víctima, sin desatender, en momento alguno, la reparación del daño, como un aspecto prioritario”.

En San Luis Potosí le correspondió a la consejera Martha María del Carmen Hernández Álvarez.
Restan poco más de 10 meses para cumplir con las metas propuestas… Estamos convencidos de que representa una gran oportunidad para servir a la sociedad, y estamos preparados para hacerlo en condiciones óptimas. Cumpliremos. Ya hemos dado el primer paso; el más difícil. ‘Tomar la decisión de cambiar para mejorar”.

Lo anterior demuestra el compromiso de la administración del Ministro Presidente, Luis María Aguilar Morales de estar preparado para responder en condiciones óptimas a la obligación que le mandata la ley al Poder Judicial de la Federación.

Actualmente, operan ocho centros de justicia penal federal y con los otros 36 que pondrá en marcha, el Poder Judicial de la Federación tendrá los 44 a los que se comprometió a tener en todo el país para junio de 2016.

Heriberto Ochoa Tirado

@heribertochoa

Programa Escuelas de Calidad en Puebla, SLP y Sonora

La SEP canalizará a los estados de Puebla, San Luis Potosí y Sonora, alrededor de 5 millones de pesos, para apoyar el Programa Escuelas de Calidad, cuyo fin es elevar la calidad del aprendizaje, evitar la deserción escolar, asegurar la operación del sistema educativo y mejorar la convivencia escolar.

Primera Sala resuelve asuntos sobre ventas judiciales, Ley de Justicia Administrativa de San Luis Potosí y regularización de predios en Jalisco

La Primera Sala estableció como criterio que en las ventas judiciales, el inmueble pasa al comprador libre de gravamen, salvo estipulación expresa en contrario. (Contradicción de tesis 331/2014).

Sin que esto implique que el bien hipotecado rematado, extinga el adeudo, independientemente del precio de venta pactado.

El juez debe solicitar al registro público de la propiedad un certificado de libertad de gravamen del inmueble sujeto a remate, si de este se desprende algún adeudo, se deberá asegurar que lo que se pague, se destine a la liquidación de la hipoteca.

Al resolver un amparo en revisión, determinaron cómo debe interpretarse el Artículo 93 de la Ley de Justicia Administrativa de San Luis Potosí. (Amparo directo en revisión 5269/2014).

Norma que instruye a la Sala, al pronunciar sentencia, suplir la deficiencia de la queja planteada en la demanda, siempre que de los hechos se deduzca el agravio, centrándose en el punto de la litis, la cual no se dice como se configura.

Dicho concepto debe entenderse como de litis abierta, lo cual permite a la persona que presentó la demanda, formular conceptos de impugnación en contra de dicha resolución, como de la originalmente recurrida.

En el caso, se revocó la sentencia y amparo al quejoso, quien fue inhabilitado por 4 años, pues como director de un centro de salud, se le atribuyó abuso de autoridad y trato discriminatorio.

Los ministros también determinaron la inconstitucionalidad e inconvencionalidad, del Artículo 11 del decreto 17 mil 114 para la regularización de predios rústicos de la pequeña propiedad del estado de Jalisco. (Amparo directo en revisión 375/2015).

Pues obstaculiza el acceso a la justicia para impugnar los actos del comité interinstitucional para la citada regularización, pues solo permite ventilarlos en la vía civil, sin la posibilidad de revisarla en una instancia judicial.

José Luis Guerra García

Gobierno Federal transferirá fondos para mandos policiales de 7 entidades

El Gobierno Federal transferirá subsidios por más de 500 millones de pesos a 7 entidades del país para fortalecer mandos policiales, con el fin de mejorar la seguridad pública. Las entidades beneficiadas son: Aguascalientes, Campeche, Chihuahua, Tamaulipas, San Luis Potosí, Tlaxcala y Yucatán.

Destinan más de 670 MDP para mejorar seguridad en Nayarit, Querétaro, SLP y Zacatecas

La federación canalizará más de 670  millones de pesos en subsidios a los estados de Nayarit, Querétaro, San Luis Potosí y Zacatecas para instrumentar acciones que permitan mejorar la seguridad pública y reducir la incidencia delictiva.