Dos personas acusadas de narcotráfico promovieron un amparo en contra de un juez porque se negó a cambiar la pena de prisión preventiva por otra medida cautelar.
Aseguran que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya estableció que la restricción de la libertad solo puede darse con el fin de que el acusado no evada la acción de la justicia.
La Primera Sala de la Suprema Corte ejerció su facultad de atracción para revisar este juicio.
Los ministros establecerán los alcances de la Reforma Constitucional en Materia de Derechos Humanos, sobre la aplicación de tratados internacionales.
Determinaran si las leyes nacionales están acordes con la jurisprudencia internacional, y que normas deben prevalecer con el fin de proteger ampliamente los derechos de los procesados.
Además fijarán criterios sobre el impacto de la prisión preventiva en el plano de los valores sociales, políticos y de convivencia en el Estado Mexicano.
En otro juicio los ministros le dieron la razón al municipio de Tlapacoyan, Veracruz quien impugnó la construcción de dos centrales micro hidroeléctricas en el municipio de Jalancingo.
El municipio de Tlapacoyan utiliza la cuenca hidrológica de la que se alimenta el río donde se ubican las obras y nunca fue consultado.
La Primera Sala anuló la autorización que dio la Secretaría del Medio Ambiente y recursos naturales a dos empresas, porque en el procedimiento no escuchó al municipio afectado.
Verónica González