Ministros acuden a su última sesión ordinaria ante el Pleno

Jueves 29 de noviembre la sesión del Pleno inició como de costumbre.

Una demanda en materia electoral.

Un partido político impugnó las reglas para recibir financiamiento privado.

Ese fue el tema del debate.

Para la mayoría en el Tribunal Constitucional fue una sesión ordinaria.

Para dos de sus integrantes, la última en la que participaron en la deliberación de un asunto jurisdiccional.

Los Ministros Guillermo Ortiz Mayagoitia y Sergio Aguirre Anguiano concluirán su periodo como jueces constitucionales este 30 de noviembre de 2012.

A mí me atañe levantar esta sesión pero ahora para mí es muy especial, tengo esta oportunidad que me da la vida en este ejercicio de esta presidencia se sonar el mallete donde dos compañeros lo escucharan por última ocasión en su vida esto es para mí en lo personal una oportunidad que es inmerecida frente a ellos por su desempeño, ha terminado su gestión como la iniciaron, resolviendo asuntos, estudiando asuntos, participando en la resolución de ellos con la total entrega, responsabilidad que tuvieron durante el ejercicio pleno de su gestión, por eso, perdón pero para mí es un altísimo honor y algo que yo no olvidaré jamás… Se levanta la sesión”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.

El breve, pero muy elocuente discurso del Presidente de la Corte desató emociones; que algunos se reservaron para la sesión solemne que este viernes celebrará en su honor el Poder Judicial Federal.

Verónica González

Asisten Ministros a su última sesión

Después de 15 años como Ministro del Máximo Tribunal, Don Guillermo Ortiz Mayagoitia participó en su última sesión en la Primera Sala.

“No quisiera dejar pasar la oportunidad Señor Ministro Ortiz Mayagoitia para hacerle un muy sencillo pero muy sentido reconocimiento por las grandes aportaciones que a través de sus estudios, sus argumentos ha hecho a la justicia constitucional en este país, es usted uno de los pilares de la 9ª época y ahora de la 10ª”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro Presidente 1ª Sala SCJN.

Sus colegas reconocieron su trayectoria como jurista, su muy aguda inteligencia y su sobresaliente capacidad de análisis.

“Gracias por los buenos deseos, decía mi madre que lo que viene conviene así que yo sabré encontrar la conveniencia y el lado bueno de mi retiro ya lo he dicho en otros espacios, me voy satisfecho y muy contento… Doy testimonio de que aquí se trabaja intensamente, gracias a todos los señores secretarios por el apoyo que nos brindan a todos los ministros… Gracias también a todo el personal de la Sala por el apoyo que nos dispensan y dicho lo cual, pues que se levante la Sesión”, Guillermo Ortiz Mayagoitia, Ministro 1ª Sala SCJN.

En la Segunda Sala sucedió algo similar, el Ministro Sergio Aguirre Anguiano se retira, después de 17 años como juez constitucional.

“Solamente quiero resaltar el valor fundamental entre los muchos que tiene el Señor Ministro Aguirre, que ha sido y seguirá siendo su congruencia personal, entre lo que el piensa y lo que él dice y lo que hace es por eso que le damos una cordial y afectuosa despedida un hasta luego, porque el siempre formará parte de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación”, Sergio Valls Hernández, Ministro Presidente 2ª Sala SCJN.

Sus colegas destacaron su agudo sentido jurídico.

“Se podría estar de acuerdo o no con criterios jurídicos, con posiciones pero nadie puede dejar de reconocer la consistencia, al sustancia de todas las intervenciones del Ministro Aguirre Anguiano a lo largo de este tiempo”, Fernando Franco González Salas, Ministro 2ª Sala SCJN.

“Y que desde luego lo extrañaremos muchísimo, muchísimo un hombre con esa simpatía inteligente, con una cultura universal extraordinaria como pocas personas tienen en este país y que deja una gran huella en esta Institución pero sobre todo entre quienes lo queremos y lo admiramos”, Luis María Aguilar Morales, Ministro 2ª Sala SCJN.

Y solamente puedo decirle que en este tiempo conservo y guardo de usted cariño admiración y respeto tengo muchas cosas más que decirle pero las estoy reservando para el viernes, espero que me de el privilegio de darle las palabras despedida, en hora buena Don Sergio y todo mi cariño”, Margarita Luna Ramos, Ministra 2ª Sala SCJN.

Ambos ministros, Guillermo Ortiz y Sergio Aguirre concluirán su periodo constitucional el próximo 30 de noviembre.

Verónica González

Continúa el análisis de los amparos de Axtel y Telcel

En el Tribunal Constitucional continúa el análisis de los amparos de Axtel y Telcel en los que se impugnan las tarifas de interconexión.

Este jueves el Pleno consideró inoperantes los argumentos de Telcel en contra del modelo de costos que aplicó la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

El Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia señaló que el modelo de costos no es una norma general, sino una resolución concreta hacia los concesionarios.

“Y por lo tanto la oportunidad de atacarlo fue cuando se emitió y fue notificado a los interesados. En eso descansa la propuesta, es decir la impugnación es inoportuna”.

Con este argumento, la Corte decidió no pronunciarse sobre cuál es el modelo que debe emplearse para calcular el costo del servicio de interconexión.

Es decir, las reglas para fijar la tarifa que paga un concesionario a otro, por enlazar a sus usuarios con otra compañía telefónica.

Algunos ministros objetaron esta decisión.

“No, yo creo que había que entrarle al planteamiento, no sé si son fundados o infundados sus conceptos, pero a mi juicio al impugnar las tarifas, impugnaron el modelo de costos”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.

“Pero no están impugnado el modelo de costos están impugnando el modelo de la aplicación, bueno hasta podría decirse que tan convienen en él que lo que impugnan es que se debe aplicar correctamente y que el resultado debía ser otro”, Ministro Luis María Aguilar Morales.

Como se consideró que no era adecuado pues lo que hicieron fue impugnarlo en amparo pero no como acto destacado, sino en sus conceptos de violación, en su tercer concepto de violación de Radio Movil Dipsa, viene impugnado”, Ministra Margarita Luna Ramos.

Por mayoría de siete a tres, los argumentos de Telcel, para impugnar el modelo de costos fueron considerados ineficaces.

En estos juicios también se cuestionó la resolución de la COFETEL, en lo que se refiere a los principios reconocidos por los organismos internacionales.

El análisis de este tema fue aplazado.

“Mi propuesta que cambiaré, es en el sentido de inoperancia del concepto que se refiere externalidad… Preferiría yo, en este tema, que me permitieran hacer la redacción correspondiente, repartírselas entre hoy y mañana”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

En su demanda Telcel cuestionó las tarifas que estableció la COFETEL porque fueron inferiores a las convenidas entre los concesionarios y esto, en su opinión, viola el principio de discriminación.

Además, consideró injustificado que la COFETEL determinara la medición de sobre el minuto por redondeo.

Estos y otros temas seguirán a debate en la sesión del próximo lunes.

Verónica González

Requisitos para la comparecencia de los candidatos para ocupar el cargo de Ministro de la SCJN

La Comisión de Justicia del Senado endureció los requisitos para la comparecencia de los candidatos propuestos por el Ejecutivo Federal para ocupar el cargo de Ministro de la Suprema Corte.

Por sorteo, la Comisión determinó que el 29 de octubre, a las 10 de la mañana, comparecerán los magistrados Pablo Vicente Monroy Gómez, Alberto Gelacio Pérez Dayán y Andrea Zambrana Castellana, que forman parte de la terna para sustituir al Ministro Sergio Aguirre Anguiano.

Ese mismo día, a las 5 de la tarde, comparecerán Manuel Baráibar Constantino, Emma Meza Fonseca y Rosa María Temblador Vidrio, para ocupar la vacante del Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

Es la primera vez que se pedirán requisitos como:

– Los expedientes judiciales de cada uno de los seis proponentes.

-El historial de capacitación, reconocimientos recibidos, artículos académicos escritos, entre otros.

-Las tesis de jurisprudencia o tesis aisladas en las que los magistrados o magistradas hubiesen participado como ponentes.

– Tres sentencias de las cuales hayan sido ponentes, particularmente de amparos contra leyes.

-Tres ejecutorias de la Suprema Corte que consideren que son relevantes por sus implicaciones jurídicas.

-Dos trabajos académicos de los cuales se pueda revelar de mejor manera su línea de pensamiento en materia jurídica.

-Además se solicitará al Consejo de la Judicatura Federal, la quejas fundadas contra los magistrados, por el ejercicio de sus funciones  y las razones de las mismas.

Martha Rodríguez

La SCJN hace públicos los proyectos sobre los juicios de amparo promovidos por Axtel, Telcel y Iusacell…

La Suprema Corte hizo públicos los proyectos de dictamen sobre los juicios de amparo promovidos por Axtel, Telcel y Iusacell, relacionados con las tarifas de interconexión.

Se trata de los proyectos de dictamen que contienen única y exclusivamente las posturas de los ministros Guillermo Ortiz Mayagoitia, Sergio Aguirre Anguiano, Margarita Luna Ramos y Luis María Aguilar Morales.

La resolución final la adoptará el Pleno tras analizar los proyectos a partir del próximo lunes 22 de octubre.

Los documentos se pueden consultar en la página web del Tribunal Constitucional www.scjn.gob.mx

Hoy en el Pleno de Ministros

El ex presidente municipal de Chojoa, Sonora José Gilberto Almada Valdés y su tesorero, Reynaldo Ostin serán consignados ante un juez penal por orden del Máximo Tribunal.

Existe incumplimiento de la sentencia de amparo y este no se encuentra justificado por parte de las autoridades”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.

Los ex funcionarios municipales no cumplieron la orden judicial de devolver a seis empresas y a un particular los recursos que cobraron indebidamente por concepto del impuesto predial.

En el primer caso el contribuyente reclamó la devolución de 67 mil 864 pesos en el ejercicio fiscal de 2008.

El Pleno de Ministros consideró inaceptable la actitud de las autoridades de eludir el cumplimiento de las sentencia de amparo.

Destacaron que la Corte les ha dado plazos adicionales a los que marca la ley, y aún así se resisten a cumplir con el mandato constitucional.

Las pruebas de la tolerancia de la autoridad judicial están en los expedientes.

“Lo que revela la exhaustividad con base en acuerdos, con base en la Constitución de tratar de vencer la contumacia de las autoridades en un procedimiento que casi es de suplica para efecto de que se cumplan las sentencias”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.

“Hay una vasta cultura de elusión de responsabilidades en general y en particular para cumplir las sentencias de amparo… Los requerimientos seguidos por el juez y sobre todo reforzar con el plazo de gracia que hizo el Presidente de la Corte pues pone de manifiesto que no hubo ni hay voluntad de cumplir con estas determinaciones”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

Sin embargo, es este caso, algunos ministros consideraron que el desacato a la orden judicial estaba justificado.

La mayoría objetó este argumento.

“Hay una aclaración por parte del Municipio de que no cuenta con el presupuesto y que debe de solicitar esta cantidad al Congreso del Estado y en esto no se hizo absolutamente nada”, Ministra Margarita Luna Ramos.

“Yo no entiendo porque el ayuntamiento dice que no cuenta con recursos y que estos recursos deben provenir del presupuesto del Estado, cuando el 115 dice y lo hemos dicho en diversas tesis, una autonomía financiera y patrimonial”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.

“Creo que no se ha cumplido debidamente el procedimiento que nosotros mismos hemos señalado”, Ministro Fernando Franco González Salas.

Tras un intenso debate, por mayoría de ocho a tres el Pleno ordenó la consignación penal de los ex funcionarios municipales con base en el artículo 107 de la Constitución Federal.

Verónica González

 

Hoy en el Pleno de la SCJN

En el 2007 el sargento segundo José Felix Flores Camacho fue el responsable de un accidente automovilístico en el que perdieron la vida tres mujeres.

El soldado fue juzgado por homicidio culposo y un tribunal militar lo condenó a 14 años prisión, tras apelar la sentencia la pena quedo en tres años.

Inconforme promovió un amparo por considerar que la autoridad que impuso la pena era incompetente, ya que había afectación a derechos de civiles.

El tribunal colegiado que conoció del asunto lo remitió a la Corte.

Este jueves, con base en los criterios que ha sostenido la mayoría en el Pleno, se le otorgó el amparo.

“Ya que eran tres personas civiles, lo que implica según sus criterios, la restricción del fuero militar para corresponde a la justicia ordinaria”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.

La Corte ordenó la reposición del procedimiento en contra del militar porque se violó su derecho al debido proceso, ya que la sentencia definitiva no la debía dictar una autoridad militar.

Dos ministros objetaron estos argumentos y así se dio el debate.

“Por supuesto que me manifiesto por el amparo liso y llano, lo que dije es que esto no obsta para que no tengan una vía de responsabilidad patrimonial, objetiva y directa a la que puedan acudir en su momento en contra del Estado”, Ministra Olga Sánchez Cordero.

“La consecuencia no es un amparo liso y llano sino la consecuencia es que se reponga ese procedimiento que se encontró viciado por esa irregularidad”, Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

“Desde mi punto de vista si debe privar el criterio de la 1ª sala en la concesión del amparo por tratarse de un amparo directo en materia penal donde hay un sentenciado si se corre el riesgo de un reprocesamiento o de una resentencia”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.

El amparo liso y llano es que quede en libertad y ya sabrán las autoridades si tienen potestad del ejercicio de una acción en contra del susodicho”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.

Por mayoría de siete a dos, el Pleno señaló que este caso debió ser resuelto por la justicia civil.

Por lo tanto revocó la sentencia que dictó el juez militar y le ordenó declararse incompetente y remitir el asunto a un juez penal federal, para que en un plazo de 72 horas resuelva la situación jurídica del militar.

Este caso es complejo, ya que de un lado están los derechos de los familiares de tres mujeres que perdieron la vida; y de otro los de un soldado al que no se le respetó su derecho al debido proceso.

En opinión de la mayoría, el punto de equilibrio es la reposición del procedimiento.

“Estamos en cumplimiento de una sentencia de la CIDH y donde se da ésta sobre todo por protección a las víctimas, es decir el fallo que estamos resolviendo es para proteger a las víctimas”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Al finalizar la sesión de este jueves, el Ministro Presidente informó que el resto de los juicios relacionados con el fuero militar serán resueltos en las Salas de la Corte.

Cuando concluya el análisis de éstos, se fijará la jurisprudencia, es decir los criterios obligatorios para que el fuero de guerra se limite al mínimo.

Verónica González

SCJN niega amparo

Por mayoría de ocho a dos la Corte envió a la justicia ordinaria el caso del sargento Victor Daniel Jiménez Pérez, acusado del homicidio de dos militares y de robo a casa habitación.

Por mayoría de seis a cuatro los ministros decidieron que sea el fuero local el que se pronuncie sobre este juicio.

En la sesión de este jueves el Ministro Sergio Aguirre Anguiano reitero su propuesta de enviar el caso a un juzgado militar.

Porque en su opinión, en este caso no se afectaron derechos de civiles.

“Estas razones son suficientes para resolver en definitiva que el conocimiento del asunto como lo inteligió el Juez de distrito compete a juez militar”.

La mayoría rechazó estos argumentos, ya que para restringir el fuero de guerra basta que los delitos cometidos por soldados no afecten la disciplina militar.

“Privar de la vida a una persona en las condiciones en que se dio, no puede tener ninguna relación con las acciones que están sometidas a la materia militar, ni hay mando ni hay instrucciones, ni hay ningún elemento de la disciplina militar”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.

“Pues sí, no había orden de apuñalamiento o de fusilamiento o lo que sea, esto es natural, es apartarse de esto, pero la situación temporal de la adscripción al activo en determinado lugar y al servicio en determinado lugar eso es a lo que se refiere la ley, no puede referirse a otra cosa más”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.

“Al cometerlo dentro de su horario de labores, cuando debía estar prestando un servicio a la Institución me parece que si se actualiza el hecho de que cometió el delito como funcionario federal”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

“Yo no puedo pensar que lo comete en ejercicio de sus funciones sobre todo si abandonó el servicio, eso es lo que he sostenido, no puedo aceptar que porque es militar tenía que estar desarrollando sus funciones en un Hospital, las haya abandonado y considerando que sigue actuando en ejercicio de sus funciones”, Ministro Fernando Franco González Salas.

La Ministra Margarita Luna Ramos destacó que en la demanda de amparo el sargento sólo impugnó el auto de formal prisión, sin cuestionar la inconstitucionalidad del artículo 57 del Código de Justicia Militar.

Norma que se refiere al fuero de guerra en casos de homicidio, tortura y violación de derechos humanos de civiles.

“Se traería oficiosamente un acto que no ha sido reclamado y con autoridades que no han sido llamadas a juicio y si estamos tratándolo como acto reclamado es por demás extemporánea la demanda en relación con el primer acto de aplicación”.

Además dijo que existe una resolución definitiva de un tribunal colegiado que envía el caso a la justicia ordinaria.

La próxima semana el Pleno continuará con el análisis de 20 juicios de amparo relacionados con este tema.

El Ministro Presidente Juan Silva Meza informó que se está trabajando en la redacción de la jurisprudencia que emitirá la Corte sobre los límites del fuero militar.

“Si, es cierto, se le ha invertido mucho tiempo pero el tema y el merito de los asuntos a eso nos ha conducido, pero cuando se de cuenta de los criterios, esto justificará esta presencia prolongada de este Tribunal Pleno en estos asuntos de gran trascendencia para el orden jurídico nacional”.

Verónica González

Hoy en el Pleno de la SCJN

Por mayoría de siete a dos el Pleno rechazó el dictamen del Ministro Sergio Aguirre Anguiano para que un militar, acusado de homicidio y robo fuera juzgado por un tribunal militar.

El Ministro argumentó que en este caso todos los involucrados son militares, dos hombres y una mujer.

Señaló que los hechos no afectaron derechos humanos de civiles, y por ello no aplica el criterio de la Corte para limitar el fuero de guerra.

Sin embargo a decir de algunos ministros, los familiares de los dos militares que fallecieron tienen derecho a conocer la verdad y esto sólo sería posible si el asunto pasa a la jurisdicción civil.

“Pueden ser víctimas porque considera este Tribunal violado su derecho a la integridad moral de los familiares de las víctimas con motivo del sufrimiento que estos han padecido con motivo de las circunstancias de las violaciones perpetradas contra sus seres queridos”, Ministra Olga Sánchez Cordero.

La mayoría en el Pleno consideró que los delitos que cometió el sargento Victor Manuel Jiménez Pérez no constituyen una falta a la disciplina militar.

“Es evidente que no fue respecto de la disciplina militar ni dentro de las digamos actuaciones propiamente castrense, estamos frente a un delito de tipo pasional conforme a los autos que tenemos a la vista y no tiene nada que ver con cuestión castrense”, Ministro Fernando Franco González Salas

“La competencia si le corresponde a un juez ordinario porque se trata de un delito ordinario no militar y por lo tanto debe conocer la autoridad civil y no la militar”, Ministro Luis María Aguilar Morales.

Al defender su propuesta, el Ministro Sergio Aguirre Anguiano destacó que el día que ocurrieron los hechos, los militares estaban en servicio.

“El hecho de que dos personas estén en la situación en que se encontraban digámoslo en latín in rebus carnis  pues obviamente no es una función propia del ejército, pero en esa oportunidad y en ese lapso razonable los dos daba servicio en el mismo centro militar de que estamos hablando”, Ministro Luis María Aguilar Morales.

“En cualquier sitio en que acontezca un delito donde un militar es activo y otro pasivo para mi estamos en presencia contra la disciplina militar, independientemente de cuál sea el resultado de este delito”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

El análisis de este juicio continuará en la sesión del próximo jueves.

La Corte determinará quién es el juez competente para resolver este caso.

Los hechos fueron consignados ante un juez Penal de Primera Instancia en Baja California, quien dictó auto de formal prisión contra el sargento Víctor Manuel Jiménez Pérez.

El militar apeló la sentencia por considerar que el juez civil no era competente, el juez de distrito determinó que el caso debía ser resuelto por un juez militar, como lo proponía el dictamen rechazado por el Pleno.

Verónica González

 

Los militares que cometan delitos contra civiles serán juzgados por la justicia ordinaria

Los militares que cometan delitos contra civiles serán juzgados por la justicia ordinaria.

Así lo determinó la Suprema Corte por mayoría de ocho a dos, al resolver una conflicto competencial entre un tribunal militar y uno civil.

“El concepto de fuero de guerra no puede ser entendido como un privilegio personal que otorga ciertas prerrogativas a ciertos sujetos por la simple situación de pertenecía a un grupo o clases social”, Ministro Luis María Aguilar Morales.

El Juez Quinto de Distrito, en el Estado de Morelos, resolverá el juicio contra el Coronel José Guadalupe Arias, acusado de encubrir el homicidio de un joven y ordenar su inhumación.

“Estos delitos se cometieron por servidores públicos federales por motivo de sus funciones no en un acto de servicio… Esto sucedió dentro de un campo militar donde se reconoce el mando y jerarquía de sus componentes”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

El Coronel argumentó que el día de los hechos no estaba en servicio, incluso ni siquiera portaba el uniforme.

La Corte señaló que su calidad de militar no depende de eso, sino de que al cometer el delito estaba en activo.

Así, la Corte estableció un criterio sin precedentes que limita el fuero militar.

Aunque en el Caso Radilla ya se había sostenido este criterio, era necesaria una resolución judicial.

“Fue en un expediente no de contenido jurisdiccional y esto fue lo que provocó que en la misma decisión se instará a los órganos jurisdiccionales para que dieran conocimiento a la Corte para que generará los criterios jurisprudenciales”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.

Dos ministros objetaron el criterio de la mayoría.

Señalaron que la justicia ordinaria sólo puede resolver los casos en que civiles son coparticipes en delitos cometidos por militares.

El artículo 13 no se refiere en ningún momento a víctimas civiles, sino según mi parecer, a presuntos responsables civiles  y por tanto la restricción de fuero militar sólo opera cuando los civiles están complicados como sujetos activos”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.

“Porque el propio artículo de inicio nos dice en la parte donde está estableciendo el fuero militar, dice subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas, es decir está diciendo, para quién los cometa, de esta manera creo contundentemente que la víctima está excluida”, Ministra Margarita Luna Ramos.

La mayoría en el Pleno se pronunció a favor de una interpretación que proteja los derechos de las víctimas.

“La evolución que ha tenido la doctrina constitucional  tendiendo a la protección de las víctimas nos puede llevar a la conclusión de hacer una interpretación actualizada del 13 constitucional para decir no sólo cuando esté involucrado un paisano sino también cuando haya una víctima”, Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

“Porque las víctimas tienen derecho a que haya un tribunal imparcial, no sólo por lo que tiene que ver con reparación del daño sino también por lo que tiene que ver con el derecho de hacer efectiva la verdad y la justicia”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

En los próximos días el Tribunal Constitucional resolverá otro conflicto competencial y un paquete de 28 juicios de amparo sobre este mismo tema con el fin de establecer jurisprudencia en esta materia.

Verónica González