La Suprema Corte aplazó la resolución de un amparo promovido por Telcel en el que impugna las facultades de la COFETEL para establecer condiciones diferentes a las pactadas entre los concesionarios.
La Corte retomará el análisis de este caso cuando esté listo un nuevo proyecto de dictamen sobre otro juicio promovido por AXTEL.
El 27 de febrero la Corte inició el análisis de estos asuntos.
Al conceder un amparo a Unefon determinó que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes no puede revisar ni modificar las resoluciones de la COFETEL.
“Sería vulnerar la autonomía que le otorgó el Legislador, y que reconocimos en la Controversia Constitucional 7/2009… No procede el recurso de revisión administrativo en estos casos”, Ministro Fernando Franco González Salas.
Promovido por AXTEL los ministros reiteraron que la COFETEL tiene facultades para fijar tarifas de interconexión, cuando los concesionarios no llegue a un acuerdo entre ellos.
“Constituye un acto administrativo en el que la autoridad ejerce la rectoría del Estado en materia de telecomunicaciones”, Ministro Luis María Aguilar Morales.
Al negar el amparo desestimaron los argumentos de AXTEL en el sentido de que tenía derecho a que un tribunal federal resolviera sobre este tema.
“Nadie los está invitando a que participen en un litigio, obligatoriamente se tienen que poner en condiciones de un litigio, invertir las cosas sería tanto como suponer que el Estado tiene que someterse al litigio que los particulares le planteen y yo creo que esto sí de ninguna manera es posible”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
Con estos criterios, la Corte otorgó un amparo AXTEL en contra de las tarifas que fijó la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para el periodo 2008-2011.
“La concesión debe ser de manera lisa y llana en tanto que no se podría aquí implicar efectos para garantizar un derecho que tenga la parte que no promovió el amparo”, Ministro Presidente, Juan Silva Meza.
En otras seis demandas promovidas por AXTEL, Movistar y cuatro compañías más el amparo se otorgó sólo para que la COFETEL emita una nueva resolución.
El 5 de marzo el Pleno desechó el proyecto de dictamen que proponía negar otro amparo promovido por AXTEL.
En el que argumentó que la tarifa se fijo por encima de los costos del servicio.
“Se trata de un acto que está razonable y motivadamente fundado en la ley; por eso es que en este sentido consideramos que el acto es correcto”, Ministro Luis María Aguilar Morales.
En este mismo juicio Telcel alegó que la tarifa promedio ponderada no tiene sustento legal.
En el Pleno hubo diversas opiniones.
“A mí me parece que la resolución de remitirlo para el análisis adecuado, correcto, técnico en este aspecto, pues debiera ser en la concesión, pero para el efecto de que se tomen en consideración todas estas cosas”, Ministra Margarita Luna Ramos
“En este caso no se cumplió con la norma básica, mínima para conocer la estructura del modelo, que es que se publicite antes, que se diga qué se puede hacer”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.
Por mayoría de ocho a dos el Pleno decidió que se elabore un nuevo dictamen.
Verónica González