Contestar una llamada en un teléfono móvil es sencillo.
Pero fijar las tarifas que pagan las empresas telefónicas para interconectarse a la red es de lo más complicado.
AXTEL y Telcel llevan seis años sin ponerse de acuerdo.
La Suprema Corte revisa un juicio en el que las concesionarias combaten las tarifas que estableció la COFETEL, luego de que ellas no llegaron a un acuerdo.
AXTEL impugnó la resolución por considerar que la tarifa se fijo por encima de los costos del servicio.
El Ministro Luis María Aguilar Morales propuso al Pleno negarle el amparo.
“Se trata de un acto que está razonable y motivadamente fundado en la ley; por eso es que en este sentido consideramos que el acto es correcto y que está ajustado a las disposiciones legales… Por lo tanto no procede conceder el amparo en ninguno de sus aspectos”.
Por su parte, Telcel alegó que la tarifa promedio ponderada no tiene sustento legal.
En este caso el dictamen del Ministro Aguilar Morales proponía conceder el amparo a Telcel porque al responder la demanda, la COFETEL no logró demostrar la validez de esta tarifa.
A petición de sus colegas el ministro incluyó en su dictamen los criterios que tendría que considerar la COFETEL al emitir sus resoluciones.
“Me parece que debiéramos discutir si efectivamente son los elementos del 7, el 41 o del 9-A o del 60… Tener un listado de cosas no significa más que tener un listado de cosas, por obvio que parezca”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
“Desde luego que hicimos el análisis de ese listado en confronta con las razones que se establecen en la resolución reclamada… Se advierte que hay una motivación razonable”, Ministro Luis María Aguilar Morales.
“Pareciera un contrasentido sostener que dicho órgano es autónomo, y por otro, que nosotros en un juicio de amparo le podamos fijar las bases generales para que emita reglas”, Ministro Fernando Franco González Salas.
“COFETEL, por órgano autónomo que sea, tiene que dar razones sólidas, para saber, de qué manera está logrando satisfacer los estándares que están establecidos en la propia Ley Federal de Telecomunicaciones”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
“Pareciera que estamos buscando que se determine en este Pleno, una fórmula exacta, matemática, aritmética de que nos diga cómo debe ajustarse la COFETEL para llegar a un resultado determinado”, Ministro Luis María Aguilar Morales.
En el Pleno también se discutieron los efectos de otorgar el amparo.
“A mí me parece que la resolución de remitirlo para el análisis adecuado, correcto, técnico en este aspecto, pues debiera ser en la concesión, pero para el efecto de que se tomen en consideración todas estas cosas”, Ministra Margarita Luna Ramos.
“Lo menos oportuno sería regresarlo de nuevo… Se van a expresar una serie de razones a las que así nunca se va a llegar a que digan exactamente lo que queremos oír”, Ministro Luis María Aguilar Morales.
También se expresaron argumentos totalmente diferentes a los que contenía el dictamen.
“Creo que es verdaderamente trascendente que en este asunto pudiéramos decidir si la tarifa de interconexión es de libre comercio para los concesionarios o es una facultad exclusiva de COFETEL”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.
“En este caso no se cumplió con la norma básica, mínima para conocer la estructura del modelo, que es que se publicite antes, que se diga qué se puede hacer”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.
Tras el intenso debate y luego de dos sesiones de análisis por mayoría de ocho votos el Pleno desechó la propuesta del Ministro Luis María Aguilar Morales.
Así que el asunto será returnado a un ministro de la mayoría para elaborar un nuevo dictamen.
Sin embargo, aún están listados para su análisis otros tres Juicios de Amparo relacionados con las tarifas de interconexión.
AXTEL y Telcel son los promoventes de estos asuntos en los que se cuestiona el Modelo de costos y las tarifas por tiempo real.
Verónica González