Testigos protegidos
17/12/2012 Deja un comentario
Los beneficios legales y la protección que se otorga a los testigos colaboradores, la establece el Ministerio Público de la Federación y no un juzgador.
Sin embargo, se desconocen los criterios con que lo hacen y si el apoyo que se les da, equivale al valor probatorio de la información que aportan en el caso penal del cual son parte.
Juan José Olvera López, Magistrado de Circuito, expuso lo anterior al participar en el ciclo de conferencias El testigo protegido y figuras afines, que se llevó a cabo en el Instituto de la Judicatura Federal.
“Ya viene con reserva de identidad, ya tiene una protección, ya se le hicieron saber sus derechos de arrepentirse y dar información. Ya tuvo el primer encuentro con la autoridad para proporcionarle información. Normalmente no vamos a tener problemas con la operatividad”.
Mas no por ello, explicó Olvera López, los jueces aceptan al testigo protegido lisa y llanamente.
“No tomamos la decisión de inicio, pero sí eventualmente estaremos obligados a revisar el otorgamiento, a revisar las condiciones específicas de otorgamiento y eventualmente, al valorar, debemos considerar si la medida de protección incidió o no incidió en la producción probatoria. En ese sentido, es importante entender los alcances de las medidas otorgadas en instancias previas a la judicial”.
Cuestionó que no se procese a los testigos protegidos, a cambio de que se conviertan en colaboradores.
“Tenemos 60 y valdría la pena que nos dijeran cuántos de ellos han sido procesados como tales, en los que recibió sus beneficios por los servicios prestados. No hay procedimientos. Digo, no los hay en estas dimensiones. ¿Significa que no se les está premiando?… Tuvimos casos en los que, la pregunta obligada es: éste me está diciendo, ya en proceso, todo lo que él vivió. Es testigo de la versión de tal, pero ¿él no está siendo procesado?”.
Con la promulgación de la Ley federal para la protección a personas que intervienen en el procedimiento penal, el cinco de junio de 2012, se reconoce oficialmente la colaboración de los testigos protegidos.
Pero a decir de Olvera López, aún no está debidamente reglamentada su participación en el combate a la delincuencia organizada.
Heriberto Ochoa