Seminario Internacional sobre la Trata de Personas

La pobreza incrementa la vulnerabilidad principalmente contra las mujeres víctimas de trata de personas, advirtieron especialistas.

En México, los estados de Tlaxcala y Puebla, es en donde más se comete este delito.

Los tratantes someten a sus víctimas ya sea por la fuerza física o por relaciones sentimentales con engaños.

La mujer de Oaxaca se salió, se fue a la ciudad de México, ahí fue enganchada, la llevaron a Tlaxcala, en Tlaxcala la empezaron a trabajar, todavía la llevaron a Tijuana, ahí la explotaron, de ahí la movieron a Nueva York, etc”, Gretchen Kuhner, IMUMI.

Autoridades federales y organismos civiles reconocieron que no se ha avanzado frontalmente en el combate contra la trata de personas.

A pesar de la Ley general para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas, no se ha logrado la coordinación entre los niveles de gobiernos y los Poderes de la Unión.

Tenemos todavía entidades que no llegan ni al 30 por ciento en la evaluación de sus policías, entonces no sólo es de reformar las leyes, no sólo es generar los programas, necesitamos una sociedad mucho más exigente de la que tenemos, y autoridades cada vez más dispuestas a escucharla para que avances las cosas”, Oscar Vega Marín, Sistema Nacional de Seguridad Pública.

En el Seminario Internacional sobre la Trata de Personas, organizado por el Colegio de la Frontera Norte, se destacó que este delito surgió a partir de comportamientos culturales.

“Complejidad es lo que mejor define el tema de trata de personas, un problema que está todavía a discusión como definición muchas veces, está por supuesto en la conquista de algunas leyes, pero también está en el proceso de implementación y hacer ejecutar y hacer efectivas leyes y su desagregación a niveles estatales”, Enrique Betancourt Gaona, Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana.

Especialistas destacaron la importancia de la concientización a la población y educación para que conozca y entienda sus derechos.
Pero también sensibilidad de las autoridades para prevenir, castigar y sancionar el delito de trata.

Martha Rodríguez

Este miércoles las Salas de la Corte resolvieron 144 juicios

En juicios de divorcio necesario procede suplir la queja no sólo a favor de los menores, sino también de las víctimas de violencia o alguno de los cónyuges.

La Primera Sala de la Corte estableció este criterio como jurisprudencia al resolver una contradicción de tesis entre tribunales colegiados.

Con base en la legislación de Tlaxcala, los ministros señalaron que es válido corregir la demanda con el fin de proteger los derechos de los integrantes de la familia.

En un juicio de amparo se declararon inconstitucionales las facultades que la ley otorga a los jueces para corregir las conclusiones del ministerio público y en caso de irregularidades dar vista a la PGR para que modifique su acusación.

Estas atribuciones violan el principio de división de poderes porque hacen que el juzgador desarrolle una doble función, como juez y como auxiliar del órgano ministerial.

En otro asunto un joven impugnó la Ley del servicio militar nacional por considerar que viola el principio de igualdad y es discriminatoria, ya que sólo obliga a los hombres a realizar el servicio militar.

La Primera Sala desestimó sus argumentos porque literalmente la ley se refiere a todos los mexicanos de edad militar y este término incluye tanto a varones como a mujeres que tengan entre 18 y 45 años de edad.

La Segunda Sala declaró válida la distinción que hace la ley para calcular el haber de retiro de un militar y la pensión para un familiar derivada de la muerte del soldado.

Una mujer consideró discriminatoria esta norma porque no le permite disfrutar íntegramente de las percepciones que recibía su esposo, como militar en retiro y argumentó que las diferencias van del 60 al 90 por ciento.

Los ministros rechazaron sus argumentos, porque el régimen de seguridad social de las Fuerzas Armadas otorga beneficios tanto a los militares en retiro como a sus beneficiarios.

Está justificado que haya métodos distintos para calcular el monto, porque los beneficiarios de un militar fallecido, no están en la misma situación que un militar en retiro.

Verónica González

 

SCJN publica sentencia

La Suprema Corte publicó la sentencia del Pleno en la acción de inconstitucionalidad 83/2009, en la que declaró la invalidez del decreto número 93 del Gobierno de Tlaxcala, que reformaba, adicionaba y derogaba diversos artículos de la Ley orgánica de la universidad autónoma de esa entidad, por violaciones al proceso legislativo.

Continuarán lluvias intensas en el centro y sur del país durante este fin de semana

La tormenta tropical Ernesto que entró este jueves por el Golfo de México, provocará lluvias intensas en el centro y sur del país durante este fin de semana.

De acuerdo con el Servicio Meteorológico Nacional, Ernesto se desplazó en tierra durante este viernes para perder fuerza y convertirse en depresión tropical.

“Por las bandas nubosas desprendidas de esta gran tormenta tropical se esperan lluvias torrenciales superiores a los 250 milímetros en 24 horas para la mayor parte del estado de Veracruz, la zona norte del estado de Chiapas, el estado de Tabasco, la zona norte del estado de Oaxaca”.

Alertaron a la población de las consecuencias de las lluvias.

“Ante la probabilidad de que estas lluvias sean capaces de producir por una parte deslaves a pies de carretera principalmente, el incremento de los niveles de ríos, en el sur de Veracruz, de arroyos, inundaciones en zonas de vados”.

Este sistema amplio y errático ha producido precipitaciones pluviales en Puebla, Tlaxcala, Estado de México, Oaxaca y Guerrero.

“Ernesto estará provocando ya en el Valle de México nublados con precipitaciones fuertes a intensas a lo largo de estos cuatro días, condición que por una parte disminuirá la temperatura durante el día”.

Ernesto es el primer huracán de la temporada que afecta territorio mexicano directamente.

Es importante recordar que la temporada de huracanes se encuentra a la mitad y se prevé pueda extenderse hasta noviembre.

Mario López Peña

 

Este miércoles las Salas del Tribunal Constitucional resolvieron más de 80 juicios

Para determinar el grado de culpabilidad de una persona acusada de robo no se puede tomar en cuenta que haya huido después de cometer el delito.

Así lo determinó la Primera Sala de la Corte al resolver una contradicción de tesis entre tribunales colegiados.

Cuando la ley permite al juzgador ponderar la conducta del acusado tras la comisión del delito, sólo se refiere a si trató de reparar el daño, auxiliar a la víctima o disminuir la lesión.

La huída del presunto delincuente es un comportamiento natural que se realiza previo a la detención del sujeto.

Jurídicamente no es lo mismo huir, que darse a la fuga, en este último caso si se trata de una evasión de la acción de la justicia.

En otro juicio un hombre juzgado por el delito de fraude procesal impugnó la norma que tipifica este delito en el Distrito Federal, por considerar que es ambigua.

La norma señala que comete este delito quien para obtener un beneficio indebido simule cualquier acto que tienda a inducir al error a la autoridad judicial.

Al negar el amparo los ministros reconocieron que la ley no enuncia un supuesto concreto, pero está claro que se castiga la conducta de quien pretende generar un juicio falso en el juzgador para obtener una resolución favorable, contraria a la ley.

En otro asunto los ministros señalaron que es inconstitucional el mecanismo que establece la ley para cuantificar la multa por operaciones irregulares en la compra de acciones en el mercado de valores.

Ya que sólo se atiende a las circunstancias del mercado accionario, factores que no guardan relación con la naturaleza de la infracción, ni con las circunstancias personales del infractor.

Así que esta norma es contraria a las garantías de legalidad y seguridad jurídica.

En materia civil el Congreso de Tlaxcala modificó  las reglas para contraer matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal.

Hasta el once de marzo de 2010, si los contrayentes no establecían expresamente la sociedad conyugal, pactando capitulaciones matrimoniales, en automático el régimen del matrimonio era por separación de bienes.

Con las reformas ya no es necesario que se pacten las capitulaciones matrimoniales.

En este contexto surgió una contradicción de tesis entre tribunales colegiados para determinar si las reformas tienen aplicación retroactiva.

Este miércoles la Primera Sala de la Corte determinó que sólo aplican a los matrimonios celebrados con posterioridad al once de marzo de 2010, ya que de lo contrario se afectaría los derechos adquiridos por los cónyuges.

La Segunda Sala determinó que el plazo de cinco años que tiene la autoridad para cumplir con la causa de utilidad pública de una expropiación se cuenta a partir de la publicación del decreto expropiatorio en el Diario Oficial de la Federación.

Al resolver una contradicción de tesis entre tribunales colegiados, se rechazó la idea de que este plazo se deba contar a partir de que la secretaria de la reforma agraria  ejecuta el decreto expropiatorio.

Ya que desde la publicación del decreto el afectado pierde el derecho al dominio de bien inmueble expropiado.

En otro juicio un particular se quejó porque la Ley de fiscalización superior de la federación no sanciona a la autoridad que viole el plazo de 60 días hábiles para emitir su resolución.

La Sala desestimó sus argumentos porque la misma ley señala que las facultades de la autoridad para fincar responsabilidades e imponer sanciones prescribe en 5 años.

Esta disposición evita que la autoridad actúe arbitrariamente, y así, aunque no se prevé una sanción por emitir su resolución fuera del plazo legal, está protegida la garantía de seguridad jurídica de los gobernados.

En otro asunto una empresa impugnó la norma que establece un plazo de dos años para solicitar la devolución de mercancía o el pago de su valor, por considerar que se viola su derecho de audiencia.

Al negar el amparo de la justicia, los ministros desestimaron este argumento, ya que la devolución, no es un derecho del afectado sino el cumplimiento de una resolución administrativa.

Además, cuando la empresa obtiene una resolución favorable y presenta su solicitud para la devolución de su mercancía, el plazo de dos años se interrumpe.

En todo caso, podrá ejercer su derecho de audiencia después de conocer la respuesta de la autoridad.

Verónica González

Hoy en el Pleno de la SCJN

Diputados del congreso de Tlaxcala impugnaron el procedimiento de reformas a la  Ley orgánica de la Universidad Autónoma de Tlaxcala.

Al resolver su demanda, la Suprema Corte determinó que hubo vicios en la aprobación de dichas reformas.

“Al ser resultado de un procedimiento legislativo en el que se infringió una regla establecida en la Constitución de la mencionada Entidad Federativa”, Ministro Luis María Aguilar Morales.

La constitución de Tlaxcala señala que todo proyecto de ley que hay sido desechado por el congreso, no podrá volver a presentarse en el mismo período de sesiones.

El Ministro Fernando Franco González Salas propuso establecer un plazo para que entre en vigor la resolución de la corte.

Porque  en principio esto obligaba a la Universidad a hacer una reestructuración administrativa de sus autoridades y no tenemos la certeza de que se haya hecho o no, pero es evidente que esto puede generar problemas”.

En el Pleno hubo diversas opiniones.

“Yo esta propuesta me parece sensata para hacer los cambios y evitar algún tipo de conflictividad en una Universidad pública del país”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.

“Yo creo que esa es una preocupación y una responsabilidad del propio Congreso del Estado que él es el que tiene que determinar en qué momento tiene que hacer las reformas necesarias”, Ministro Luis María Aguilar Morales.

“Transcurrido ese plazo la nulidad surte efectos completos y queda a salvo tanto la responsabilidad del Congreso para actuar motu propio, como la prudencia de esta Suprema Corte al abrir esta oportunidad”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

Tras el debate, el Pleno decidió establecer un plazo de 30 días a partir de la notificación al congreso de Tlaxcala para que entre en vigor la nulidad del decreto combatido.

En otro juicio el municipio de Tlayacapan demandó al gobernador y al congreso de Morelos por obligarlo a pagar pensiones por cesantía o vejez a trabajadores del ayuntamiento.

Con base en criterios establecidos por la Corte, el Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia propuso invalidar esta norma porque viola la autonomía municipal.

Uno de sus colegas objeto este argumento.

En mi opinión debe ser una excepción al principio que protege la hacienda pública municipal y la autonomía de su manejo por parte de los municipios”, Ministro Fernando Franco González Salas

La resolución de esta controversia constitucional se aplazó para el próximo jueves.

“La ausencia de algunos señores ministros es razón suficiente para diferir la vista de asunto para el próximo jueves, porque ahorita no se tendría la mayoría calificada para logar la invalidez propuesta”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.

Verónica González

Operativos conjuntos

El Secretariado del Sistema Nacional de Seguridad firmó acuerdos con los estados de Tlaxcala y Yucatán, para llevar a cabo operativos conjuntos para combatir a la delincuencia  común y organizada; fomentar medidas de protección para los migrantes, la cultura de la legalidad y de respeto a los derechos humanos.

La próxima semana en el Pleno

Este lunes el Pleno de Ministros iniciará el análisis de una acción de inconstitucionalidad en contra de reformas a la Ley orgánica de la Universidad Autónoma de Tlaxcala.

Diputados locales impugnaron el decreto mediante el cual se expidió esta ley, por considerar que hubo vicios en el procedimiento legislativo.

También está listada para su discusión una controversia constitucional entre el municipio de Tlayacapan y el congreso de Morelos.

En este caso estarán a debate posibles afectaciones a la hacienda municipal con base en la Ley del servicio civil de Morelos.

 

Transforman juzgado auxiliar

El Consejo de la Judicatura dio a conocer que el Juzgado Noveno de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región con sede en San Andrés Cholula, Puebla, se transforma a partir del uno de mayo en el Juzgado Tercero de Distrito con residencia en Tlaxcala, órgano al que se turnarán todos los asuntos que lleguen del uno al 13 de mayo.

La alerta se mantiene en amarillo fase 3

El volcán Popocatépetl incrementó su actividad al registrar más de cien exhalaciones de mediana intensidad con vapor de agua, ceniza y material incandescente.

El Centro Nacional de Prevención de Desastres informó que el nivel de alerta se mantiene en amarillo fase 3, lo que implica la probabilidad de actividad explosiva de escala intermedia alta y el crecimiento de domos.

“No podemos predecir cuando vaya a venir la erupción, no sabemos si se va a incrementar o vaya a permanecer por semanas o meses la actividad actual o vaya a decrecer y entrar a una fase de receso como lo hizo en el pasado, no lo sabemos por lo tanto, somos dependientes del monitoreo que hacemos las 24 horas del día”, Roberto Quaas, Dir. CENAPRED.

Los gobernadores de Morelos, Tlaxcala, Puebla y Estado de México se reunieron con el Presidente Felipe Calderón para evaluar la situación.

Pidió tener listas las rutas de evacuación, preparar albergues, definir los equipos de apoyo y otras tareas, que forman parte de los protocolos de Protección Civil en México.

Ya fueron instalados 400 refugios en Morelos ante una eventualidad y se formó un radio de seguridad de 12 kilómetros desde el vértice del cráter.

El CENAPRED destacó que ante una contingencia se tendrían que movilizar a 15 y 20 mil personas.

Protección Civil hizo recomendaciones a la población ante la caída de ceniza.

“Lo que se pide es aplicar medidas preventivas principalmente encaminadas a su salud, usar cubre bocas en las comunidades en donde haya anuncio de caída de ceniza o en donde es evidente la caída de ceniza, el cubrir los cuerpos de agua o contenedores de agua y alimentos para evitar la contaminación”, Laura Gurza, Coord. Protección Civil, SEGOB.

En el Distrito Federal podrían verse afectadas colonias de las delegaciones Iztapalapa, Tláhuac y Milpa Alta.

Martha Rodríguez