El Pleno de la Suprema Corte declaró la invalidez de la fracción IV, del artículo segundo de la Constitución de Querétaro, que protege la vida desde la concepción.
La decisión se adoptó, debido a que la reforma solo fue aprobada por 2 de los 18 municipios del Estado y no por la mitad más uno, como lo dispone la ley.
Esta resolución solo tendrá efectos para el Municipio de Arroyo Seco, como lo prevé la ley para estos casos.
Nuevamente repase la Constitución y la ley y creo que de ninguna manera, podría establecerse un efecto general.
“Que las normas declaradas inconstitucionales tienen que ser expulsadas del orden jurídico, pero el poder constituyente ha tomado una determinación en otro sentido, que yo como juez no solo debo respetar, sino acatar”, Margarita Beatriz Luna Ramos, Ministra SCJN.
“En el sentido de que son definitivamente efectos relativos, en el diseño constitucional, así se establece”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.
“Desde ese punto de vista, tendré que votar en contra de una propuesta de efectos generales, y reconocer que conforme al texto de la Constitución habrá que ser relativo”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN
“Por mayoría de 8 a 3, se descartó que esta sentencia tuviera efectos en el resto de municipios del Estado”, Luis María Aguilar Morales, Ministro SCJN.
“Creo que al anularse el procedimiento, la norma jurídica, cae como consecuencia de ello y no hay ningún problema, porqué, porque la norma jurídica lo decía la Ministra Sánchez Cordero es inexistente”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.
“Así que si hay una inexistencia ya normativa, yo no entiendo como efecto relativos”, Olga María Sánchez Cordero, Ministra SCJN.
“Es también inválido para todos los efectos consiguientes sin perjuicio de que haya sido solamente un municipio el que la impugno, la reforma constitucional no cumplió con unas de las formalidades que se requieren para su validez general”, Sergio Valls Hernández, Ministro SCJN.
La disposición normativa impugnada, continuará vigente en los restantes 17 municipios del Estado, que no se inconformaron con esta reforma.
José Luis Guerra García