La SCJN hizo la primera interpretación de la reciente reforma constitucional que protege los derechos humanos contenidos en tratados internacionales

En acciones de inconstitucionalidad la Suprema Corte puede analizar, de oficio, tratados internacionales aunque no hayan sido invocados en la demanda.

El Tribunal Constitucional hizo la primera interpretación de la reciente reforma constitucional que protege los derechos humanos contenidos en tratados internacionales.

Por unanimidad el Pleno de Ministros determinó que se debe hacer el estudio y aplicar la norma que proteja más ampliamente los derechos fundamentales.

Así planteo el tema del debate el Ministro Luis María Aguilar Morales.

“Que pudiéramos plantear y discutir en su caso la pertinencia de invocar estos Convenios Internacionales; no obstante, que no sean invocados por ninguna de las partes en este asunto”.

La ley señala que en las acciones de inconstitucionalidad solo se pueden anular normas que violen preceptos constitucionales.

Sin embargo, con la reforma promulgada el pasado 10 de junio, el panorama cambió.

“Los tratados internacionales se pusieron al nivel de la Constitución y debe interpretarse cualquier norma en el sentido más favorable para proteger los derechos humanos”, Ministro Fernando Franco González Salas.

La Corte fijo este criterio al iniciar el análisis de una demanda del Procurador General de la República en contra de las sanciones que impone la ley de Yucatán a quienes reinciden en el abuso del consumo de bebidas alcohólicas.

La constitución federal señala que la imposición de penas corresponde a la autoridad judicial… Y la ley de Yucatán faculta a la autoridad administrativa para castigar con trabajo comunitario a los infractores.

“Yo encuentro que la protección más amplia a los derechos de las personas se da por aplicación del Tratado y la necesidad de una sentencia judicial y no por una resolución administrativa que imponga estos trabajos forzados”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.

No obstante, el Ministro Sergio Aguirre Anguiano alertó a sus colegas sobre los riesgos de realizar estudios indiscriminados sobre la aplicación de tratados internacionales.

“Nos puede pasar que nos empachemos de tratados internacionales, cuando la solución la da la Constitución General de la República… Porque si no, me va a dar trataditis y me voy a pasar los días y los años revisando con lupa el texto de los tratados”.

“Esta dificultad no puede servir de pretexto para decir: aunque en el caso hubiera un Tratado Internacional, como no me lo invocaron no lo voy a analizar”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Creo que sí puede llevarse a cabo de manera oficiosa, por la forma en que está redactado el propio artículo 1º”, Ministra Margarita Luna Ramos.

“Yo siento que ésta es de aplicación directa, es un análisis que se tiene que hacer así, de esa manera como lo está previendo la Constitución, ver a la Constitución y ver a los tratados”, Ministro Presiente Juan Silva Meza.

En la sesión del próximo lunes continuará el análisis de esta Acción de Inconstitucionalidad promovida por el Procurador General de la República.

 Verónica González

 

 

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One Response to La SCJN hizo la primera interpretación de la reciente reforma constitucional que protege los derechos humanos contenidos en tratados internacionales

  1. Ruben Gonzalez says:

    Felicidades

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