Se dio a conocer el estatuto que regula el Servicio Fiscal de Carrera

Se dio a conocer el estatuto que regula el Servicio Fiscal de Carrera, que estará conformado por los procesos de planeación, ingreso, formación, promoción y separación. Los trabajadores de base del SAT, podrán incorporarse a dicho servicio, para lo cual deberán de pedir licencia.

El Ministro Pérez Dayán destacó la importancia de armonizar los derechos de los contribuyentes con las herramientas tecnológicas para las declaraciones

Alberto Pérez Dayán, Ministro de la Suprema Corte de Justicia, aseguró que el principal reto para la autoridad fiscal es armonizar los derechos de los contribuyentes con el uso de equipamiento electrónico para las declaraciones.

El orden jurídico tendrá que ser los suficientemente cuidadoso para que sin renunciar, ni reprochar los innegables beneficios que la tecnología nos reporta a todos, podamos conectar uno y otro universo”.

En conferencia dentro del Seminario Derecho Constitucional Tributario en Iberoamérica, recalcó que la eficacia de las herramientas tecnológicas tendrá que ir de la mano de la certeza para el contribuyente sobre las facultades de comprobación de la autoridad.

“Hoy por hoy, los ejemplos nos han demostrado que la jurisprudencia ha sido pacífica aceptando la existencia de estos instrumentos”.

Destacó el caso de los contribuyentes que acudieron al amparo para no subir la contabilidad al buzón electrónico de hacienda por temor a este mecanismo.

El buzón tributario es la vía para comunicar a la autoridad hacendaria y para ingresar mes a mes, la información contable del contribuyente en el sitio web del SAT.

En el asunto, la Segunda Sala de la Corte concedió la suspensión para deshabilitar la obligación de emplear dicho mecanismo.

Los actos y resoluciones administrativos que el SAT emita deberán notificarse por los mecanismos ordinarios.

Los contribuyentes deberán desahogar los trámites ante la autoridad hacendaria en documentos impresos o digitales.

Mario López Peña

SAT publica lista sobre facturación falsa

El SAT publicó la lista de 11 empresas que no desvirtuaron las acusaciones en su contra, en consecuencia se presume que emitieron comprobantes fiscales sin contar con el personal y la capacidad para prestar los servicios o producir los bienes que amparan.

 

Criterios jurisdiccionales, la labor de la PRODECON como abogado defensor

Es importante que se realicen análisis de resoluciones en materia fiscal, para difundir los criterios, alcances y decisiones de los órganos jurisdiccionales y de la Suprema Corte, advirtió el Ministro Luis María Aguilar Morales.

En el marco del foro “Criterios jurisdiccionales, la labor de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente como abogado defensor”, destacó que se favorece el cumplimiento del debido proceso en la materia.

“Para poder favorecer no sólo la defensa y asesoría de los contribuyentes en general, sino ir generando criterios, resoluciones y sentencias que vayan marcando la pauta en la defensa de los derechos de los contribuyentes”.

Acompañado por la Ministra Margarita Luna Ramos, el Ministro Aguilar Morales dijo que es positivo que el cambio de mentalidad del SAT a favor de los contribuyentes.

“Para que la autoridad con toda certeza y con toda corrección pueda ejercer las facultades que la ley y la Constitución le establecen para poder cobrar los impuestos que la propia Constitución señala”.

Por su parte, la procuradora Diana Bernal informó que se han promovido 6 mil 269 medios de defensa en la PRODECON con el 70 % de las resoluciones favorables para los contribuyentes.

“La aplicación e interpretación de las disposiciones fiscales presentan en muchos casos un alto grado de complejidad, el litigio fiscal es sumamente  técnico y requiere de abogados capacitados”.

El titular del SAT, Aristóteles Núñez llamó a los contribuyentes no sólo a que paguen sus impuestos, sino que utilicen los recursos legales cuando crean que se afectan sus derechos.

“Que las utilicen porque a final de cuentas será un tribunal o una instancia judicial quien resolverá a favor del contribuyente o a favor de la autoridad y en eso todos nos sujetamos al orden”.

Destacó que la mayoría de las devoluciones que estuvieron sujetas a revisión, obligaron a que el contribuyente reconsiderara ciertos gastos que estuvieron mal aplicados.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Emite PRODECON 50 recomendaciones a autoridades tributarias

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente resolvió el 78 % de las 8 mil quejas presentadas por ciudadanos y empresas.

Emitió 50 recomendaciones, al no llegar a un acuerdo con las autoridades tributarias.

La procuradora, Diana Bernal, informó que muchos de los casos tienen que ver con la no devolución del IVA por parte del SAT, principalmente a pequeñas y medianas empresas.

Dijo que el SAT tiene ocho malas prácticas en este tema.

“Requerimientos excesivos, requerimientos onerosos, requerimientos fuera de tiempo, no resolver de una manera clara las solicitudes de devolución, abuso de la figura del desistimiento, ejercicio indiscriminado de facultades de comprobación, no solamente no te devuelven el IVA sino te piden una serie de documentos, te hacen un primer requerimiento, un segundo requerimiento”.

La titular de PRODECON recordó el caso de una empresa asiática que invirtió para establecerse en México 100 millones de dólares y el SAT se niega a la devolución de su Impuesto al Valor Agregado que por ley le corresponde.

Destacó que la reforma fiscal trajo como beneficio los acuerdos conclusivos, con lo que los conflictos entre particulares y autoridad, se resuelven de manera más rápida.

“Como contribuyente puedas ser objeto a una auditoría, sea con una visita domiciliaria o con una revisión de gabinete, esa auditoría puede durar 12 meses, después son 6 meses más para que te emitan el crédito que en su caso corresponde, ahora lo que puedes hacer es ir a la Procuraduría en cuanto empieza la auditoría, en cuando te empiezan a observar cosas en tu contabilidad”.

La PRODECON firmó un convenio con la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo.

Tiene como fin brindar asesoría a empresarios del sector y ser un canal para emitir quejas cuando se vulneren los derechos de los contribuyentes.

Martha Rodríguez

54 % de los programas de cómputo que se utilizan en México es pirata

El 54 % de los programas de cómputo que se utilizan en México es pirata.

7 de cada 10 empresas tiene instalado software ilegal, lo que representa pérdidas por mil 140 millones de dólares al año.

La empresa Business Software Alliance otorgó licencias y certificación al Servicio de Administración Tributaria.

Acredita que la gestión de software por parte del SAT, está alineada a estándares internacionales y mejores prácticas.

“Y las amenazas a las que nos referimos son muy reales, la organización promedio experimenta un evento de malware cada tres minutos, se estima que el costo directo para las empresas que tienen que lidiar con malware alcanzó la impactante cantidad de 114 mil millones en 2013”, Jodie Kelley, Vicepresidenta de Software Alliance.

El SAT eroga anualmente en licencias de cómputo 12 mil millones de pesos.

Su titular, Aristóteles Núñez dijo que el reto es vencer prácticas indebidas en todo el Gobierno Federal.

“Es un tema de orden, en el que nos tenemos que sujetar al orden en todos los sentidos, no nada más  fiscal sino del uso correcto del software legal en toda nuestra operación económica, los ahorros son sustanciales, pero debemos generar una mística hacia todos los empleados de esta institución y a los empleados del gobierno y a los empleados que están trabajando en el sector privado de no utilizar un software ilegal”.

El Servicio de Administración Tributaria ha recibido de octubre de 2013 a la fecha dos ataques cibernéticos, pero éstos no pusieron en riesgo la información de los contribuyentes.

De acuerdo con estimaciones del SAT, por el uso de software pirata, se dejan de recaudar en promedio 60 millones de dólares anuales.

Martha Rodríguez

@marthaarod

 

Trabajadores podrán presentar objeciones en el SAT

La Secretaría del Trabajo publicó el reglamento de los artículos 121 y 122 de la Ley federal del trabajo que regula el procedimiento para que los trabajadores presenten las objeciones que pudieran tener sobre la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta y sus anexos que presente el patrón al SAT.

 

El valor del comercio exterior de México en 2013 fue de 761 mil MDD

El valor del comercio exterior de México en 2013 fue de 761 mil millones de dólares.

De los cuales, más de 500 mil millones se generaron por el comercio con Estados Unidos.

De acuerdo con el Fondo Monetario Internacional, México es la economía numero 14 a nivel mundial.

Según proyecciones del Banco Mundial en 20 años México ocupará el quinto lugar.

 “Tenemos un comercio que explica cada minuto una relación de poco más de un millón de dólares con Estados Unidos, componemos el mercado con el poder adquisitivo más importante que pueda tener el mundo”, Aristóteles Núñez Sánchez, Jefe del SAT.

Para fortalecer la relación comercial entre México y Estados Unidos el Servicio de Administración Tributaria lleva a cabo un plan estratégico bilateral.

Consiste en promover la competitividad, la aplicación conjunta de leyes aduaneras, fortalecimiento institucional y formación del sector privado en las tareas aduaneras.

De acuerdo con el jefe del SAT, este plan fomentará la inversión extranjera en México.

“El valor de la mano de obra en China es ya casi muy parecido a lo que es el valor de la mano de obra en México, el factor de la cercanía y de la calificada mano de obra que tiene México hace que sea un factor de competencia que hoy está haciendo que otros inversionistas regresen a México”.

Además facilitará el comercio al reducir los tiempos en el intercambio de mercancías.

Para llevar a cabo el plan aduanero, la Secretaria de Hacienda invertirá 7 mil millones de pesos.

Emmanuel Saldaña

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SAT y CCE firman convenio de colaboración

El Servicio de Administración Tributaria y el Consejo Coordinador Empresarial firmaron un convenio de colaboración en materia fiscal.

Consiste en inhibir prácticas ilegales ante el crecimiento en la devolución del Impuesto al Valor Agregado, el IVA, y en la simplificación para el pago de contribuciones.

“Qué es lo que está ocurriendo, que ya estamos deteriorando la recaudación del IVA por un proceso acelerado de devoluciones… Hemos identificado en algunos casos que las devoluciones están basadas en actos francamente o abiertamente ilegales como por ejemplo el uso de facturación falsa”, Luis Videgaray Caso, Secretario de Hacienda.

Para  muestra detalló que del año 2009 al 2012, las devoluciones del IVA a empresas se incrementaron  hasta en 52 %, al pasar de 180 a 275 mil millones de pesos.

“Se trata de abonar a una recaudación más eficiente y al mismo tiempo de impulsar la competitividad de las empresas y la economía mexicana”, Gerardo Gutiérrez Candiani, Presidente CCE.

Parte de los trabajos entre empresarios y hacienda consistirán en reuniones mensuales, intercambio de información y actualización de mecanismos fiscales.

A la fecha la Secretaría de Hacienda reportó cuatro millones 169 mil 732 contribuyentes en México, de los cuales 587 mil se han incorporado debido a la puesta en marcha del régimen de incorporación fiscal.

El titular de Hacienda afirmó que se mantiene el acuerdo de certidumbre tributaria, mediante el cual el Gobierno Federal se comprometió a no proponer ningún cambio fiscal hasta 2018.

Añadió sin embargo que es el Congreso de la Unión el que tiene la facultad de aprobar cambios en materia tributaria o de cualquier otra legislación.

Oscar González

@okogonzalez08 

Resoluciones de las Salas de la SCJN

La Primera Sala de la Corte determinó que en el caso del delito de administración fraudulenta, los socios de la persona moral son sujetos pasivos del ilícito, en consecuencia está facultado para presentar la querella correspondiente, pues cada uno de los socios es dueño del capital y bienes de la empresa.

El criterio se fijó al resolver una contradicción de tesis en la que indicaron que cualquier socio agraviado, puede presentar la demanda en contra del administrador desleal.

Los ministros también declararon la inconstitucionalidad de la fracción I del artículo 199 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Morelos, por violar el derecho de acceso pleno a la justicia y al debido proceso.

La norma no contempla la procedencia del recurso de apelación contra las sentencias en las que se autoriza la sustitución de la pena privativa de libertad. La Sala devolvió los autos al Tribunal Colegiado para que resuelva lo conducente.

También fijó como criterio que el cómputo del plazo de prescripción de la acción penal en delitos fiscales que se persiguen por querella debe ser a partir de que la autoridad hacendaria tiene conocimiento del ilícito, lo que acontece a partir del dictamen técnico contable del SAT.

Indicaron que es a partir de ese momento cuando comienza a correr el plazo de tres años, previsto en el artículo 100 del Código Fiscal de la Federación, para que la autoridad presente la querella correspondiente.

La Segunda Sala de la Corte confirmó el auto dictado por un juez de distrito que dio entrada a un amparo promovido en contra de una empresa de telefonía fija y la Secretaría de Comunicaciones.

El recurso fue promovido por la comunidad hñahñü de San Ildefonso, en Querétaro, argumentando que la concesionaria violó sus derechos de igualdad, no discriminación, libertad de expresión y acceso a la información al no garantizarles el servicio de telefonía e internet de banda ancha, de manera continua y permanente.

Por mayoría de cuatro a uno, los ministros indicaron que los particulares si son autoridad para efectos del juicio de amparo, cuando prestan servicios públicos y violan derechos fundamentales, aunque en este caso, deben valorarse los elementos aportados por las partes para determinar si el recurso es improcedente, como lo argumenta la empresa quejosa.

Por mayoría de tres a dos, resolvieron que la Comisión Federal de Electricidad no es autoridad para efectos del juicio de amparo cuando determina el monto y cobra el servicio de energía eléctrica, ni cuando advierte en el recibo el riesgo de corte del servicio en caso de incumplimiento de pago.

Al resolver una contradicción de tesis, indicaron que ello es así, pues el origen de dicha actuación es un acuerdo de voluntades, en donde el prestador del servicio y el usuario, adquieren derechos y obligaciones recíprocas.

Al resolver una contradicción más, determinaron que sí es procedente que una autoridad judicial, ordene el embargo, sobre el excedente del salario mínimo para garantizar el cumplimiento de obligaciones civiles o mercantiles contraídas por el trabajador.

Medida que solo procede, respecto del 30 % del excedente del salario mínimo del trabajador. Si el trabajador ya ha visto afectado su salario por el pago de una pensión alimentaria, el 30 % se aplicará el excedente que reste, después de haber descontado la pensión.

También resolvieron por mayoría de tres a dos, que las tarifas que fija el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, no se equiparan a derechos, ya que se trata de una contraprestación por los servicios que presta que no está prevista en la Ley federal de derechos.

En consecuencia dichas tarifas no se rigen por el principios de justicia tributaria, aunque tampoco implica que las fije de manera arbitraria, para ello debe tomar en cuenta el costo del servicio que presta, para garantizar el principio de legalidad y seguridad jurídica.

José Luis Guerra García