La Segunda Sala resolvió asuntos relacionados con el buzón tributario

La Segunda Sala de la Corte declaró la invalidez del anexo 24 de la resolución Miscelánea Fiscal 2015 y del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, vigente en ese mismo año. (Amparo en revisión 1287/2015).

Disposiciones que consideró violan los principios de legalidad y seguridad jurídica.

Las normas definían los lineamientos técnicos para la generación de archivos xml, con los que se remite información contable, mismos que son formulados por un particular, ajeno a la relación jurídica tributaria, los cuales incluso, no se encuentran redactados en idioma español.

También se consideró que viola el derecho de audiencia, la medida que establece que las cantidades determinadas en la preliquidación, se harán efectivas a través del procedimiento administrativo de ejecución.

Sin embargo, se resolvió que la regulación del buzón tributario, la contabilidad y la revisión electrónica, no son contrarios a la Constitución.

José Luis Guerra García

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Canal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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