La Segunda Sala determinó cómo debe interpretarse el contenido del Art. 23 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente
19/07/2016 Deja un comentario
La Segunda Sala de la Suprema Corte emitió una jurisprudencia de rubro Derechos del Contribuyente.
En la que señala que para cumplir con la obligación prevista en el artículo 23 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, es necesario que la autoridad fiscal señale con precisión y exactitud, cuál es la vía y el plazo para promover el juicio contencioso administrativo.
Se indica que no basta que se señale de manera genérica y a modo de disyuntiva, la procedencia del juicio contencioso de manera sumaria u ordinaria.
Pues ello no permite medir el plazo para interponerlo, al ser la autoridad la que debe determinar la vía, atendiendo a la cuantía del crédito fiscal, en los términos del artículo 58-2 de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso.
Esto es así pues en el artículo 23 en cuestión, se encuentra inmersa la idea de exactitud y precisión.
Tomando en cuenta que la procedencia depende de que se elija la vía correcta, ya sea sumaria u ordinaria, y el plazo para promover cada una de ellas.
José Luis Guerra García