Segunda Sala fija criterio en materia de pensiones para trabajadores del Estado
15/07/2016 Deja un comentario
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fijó como criterio jurisprudencial que los trabajadores del ISSSTE que se apegaron al artículo 66 de la Ley de este instituto vigente hasta marzo de 2007, podrán gozar de la prerrogativa de que al cumplir 55 años de edad se le otorgará su pensión tras haber cotizado al menos 15 años.
De acuerdo con el artículo impugnado, el trabajador que se separe del servicio después de haber cotizado durante ese lapso, podrá dejar la totalidad de sus aportaciones con objeto de gozar de la prerrogativa de que al cumplir la edad requerida para la pensión se le otorgue ésta.
Al resolver una contradicción de tesis, la Sala determinó que si el trabajador alcanza los 55 años, derogada la disposición, no puede atenderse a la edad fijada en el numeral décimo transitorio de la Ley vigente, que aumentó la edad hasta llegar a 60 años.
De acuerdo con esta tesis aprobada por unanimidad, estimar lo contrario resultaría violatorio del derecho a la irretroactividad de la Ley en perjuicio del gobernado, reconocido en el primer párrafo del artículo 14 de la Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos.
Mario López Peña