La SCJN continúa el debate sobre las facultades de los estados y los municipios para regular el funcionamiento de órganos contenciosos
12/06/2012 Deja un comentario
El Congreso de Nuevo León tendrá que emitir una ley con las bases generales para la integración y el funcionamiento de los órganos encargados de impartir justicia administrativa en los ayuntamientos.
Así lo determinó por unanimidad el Pleno de la Suprema Corte, al continuar con el análisis de una demanda promovida por el municipio de San Pedro Garza García.
El primer tema a debate fue la procedencia de la demanda.
Y es que, en el 2005 en otra resolución, la Corte ordenó al Congreso de Nuevo León que ajustará sus leyes respetando la autonomía municipal.
El congreso local le dio facultades a los municipios para crear organismos contenciosos, pero no estableció las bases generales.
El Ministro Fernando Franco González Salas sostuvo que la vía para impugnar este acto era un recurso de queja y no una controversia constitucional.
Su colega, Margarita Luna Ramos coincidió.
“Debieron de haberla impugnado desde 2005, que fue cuando se emitió… Pasó muchísimo tiempo, entonces cuando se les ocurra van a volver a decir que hay omisión legislativa y ¿qué? ¿Hay procedencia de otra Controversia Constitucional? Yo creo que no”.
La mayoría en el Pleno rechazó estos argumentos y se sumó a la propuesta del proyecto de dictamen elaborado por el Ministro José Ramón Cossío Díaz.
“Creo que no es posible, frente a una omisión, que el Municipio venga a plantear una queja frente a lo que no existe”.
“Ya no estamos en presencia de omisión absoluta, sino de la deficiente reglamentación… Yo lo veo como un déficit de la norma que dio cumplimiento a la sentencia y que no podía en ese momento ser materia de queja porque no se había juzgado”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.
Por mayoría de nueve a dos el Pleno consideró procedente la demanda y entró al análisis de fondo.
Es decir, determinar si hubo o no omisión por parte del Congreso de Nuevo León para regular la integración y el funcionamiento de los órganos contenciosos municipales.
“El Congreso del Estado tiene que establecer bases generales, pero esas bases generales tienen que estar establecidas en la Legislación”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
“Por cuanto se trata de esta norma general no necesariamente debe interpretarse como una ley, sino que la puede expedir el Municipio en ejercicio de su facultad reglamentaria”, Ministro. Sergio Valls Hernández.
“El Tribunal debe ser independiente de la estructura municipal, si no, va a estar subordinado y el particular va a litigar contra el que ordenó la afectación, esto no puede ser. ¿Tendrá el Ayuntamiento la facultad de normar para estos fines? Creo que no”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.
Tras un intenso debate, por mayoría de diez a uno, la Corte determinó que es el Congreso de Nuevo León quien tendrá que establecer las bases generales para regular la impartición de justicia administrativa municipal.
En la sesión del próximo jueves el Pleno de Ministros analizará las facultades de los Municipios para crear órganos contenciosos administrativos.
Además se establecerán los efectos de la sentencia de la Corte en esta controversia constitucional.
Verónica González