Con la publicación de la nueva Ley de Amparo, el CJF puso en marcha 34 Plenos en 30 circuitos judiciales

Los plenos de Circuito benefician al justiciable, porque los asuntos que presenten ante los órganos jurisdiccionales se resolverán con mayor prontitud.

Así lo afirmó el magistrado Osmar Armando Cruz Quiroz, integrante del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, previo a la Conferencia Magistral que impartió en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

“¿Cuáles son las ventajas? Que se entiende se deben resolver de manera más pronta, número uno; número dos ¿quién conoce la legislación local de los estados? Pues los Tribunales propios del estado. Hay una inmediatez en cuanto a la sensibilidad de qué contexto hay donde se están aplicando las normas, sobre las cuales se está haciendo la interpretación y que son los que generan los conflictos a partir en cuanto a criterios”.

Con la publicación de la nueva Ley de Amparo, el Consejo de la Judicatura Federal puso en marcha 34 Plenos en 30 circuitos judiciales, a partir del 24 de junio de 2013.

Los Plenos de Circuito los integran los presidentes de los Tribunales Colegiados de la misma jurisdicción, en cada Circuito Judicial.

Cruz Quiroz comentó que las reformas penal y de derechos humanos, también incidieron para que se pusieran en marcha los plenos de Circuito.

“Estos plenos de Circuito son parte de estas reformas legal y constitucional, que están, precisamente, actualizando las nuevas realidades políticas, jurídicas, económicas, sociales del país y tenemos que avanzar, definitivamente; y los plenos de Circuito, pues, tienden como parte de todo ese engranaje a auxiliar, apoyar y a lograr estos objetivos”.

Durante su disertación explicó a detalle los criterios que hay para establecer jurisprudencia en los plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y sus dos Salas, así como en los de Circuito.

Heriberto Ochoa

 

Acerca de canaljudicial
Canal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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