El Gobierno de Chihuahua donará  terreno para Centro de Justicia Federal 

El gobierno del estado de Chihuahua donará al Consejo de la Judicatura Federal un terreno para la construcción del nuevo Centro de Justicia Federal. 

Esto gracias al convenio que este miércoles firmaron el Ministro Presidente Luis María Aguilar Morales y el gobernador de Chihuahua, César Duarte Jáquez.  

El terreno es de siete mil 290 metros cuadrados y está a cien metros de distancia de los actuales juzgados federales y a cinco minutos del Aeropuerto de la ciudad.

Es un terreno muy digno que lo mande a inspeccionar y tenemos otras opciones si ustedes consideran el proyecto distinto pero este ya está listo y se lo firmamos mañana… como dicen por acá se aprueba el proyecto jajaja… por unanimidad… sin voto concurrente”, Cesar Duarte Jáquez, Gobernador de Chihuahua.

El Ministro Presidente agradeció el apoyo que ha brindado el gobierno de Chihuahua y de otros estados del país para hacer posible la construcción de los juzgados federales.

No hombre pues de veras muy agradecido, las expectativas de su visita se han superado, si ya de por sí eran gratas, muchas gracias”.

Todos de alguna manera nos están ayudando para poder cumplir con nuestra obligación  constitucional de instalar los centros de Justicia Penal Federal”.

Aseguró que con estas acciones se garantiza a la población el acceso a la justicia. 

Una de las necesidades urgentes siempre de la población es la justicia, siempre piden justicia y creo que algo que significa y le da valor a un gobierno, el que sea es preocuparse por la justicia y usted lo está haciendo de manera central, directa y además real, lo felicito”.

El gobernador de Chihuahua aseguró que su estado ha dejado de ser referencia de violencia y ahora se trabaja para que sea icono de justicia. 

 Juan Carlos González 

@JUANCA72CJ

Ordena INAI a PGR proporcionar información de 38 detenidos

  

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ordenó  a la Procuraduría General de la República proporcionar  información de 38 personas detenidas por la Policía Federal por su presunta participación en la operación de estructuras financieras de organizaciones delictivas.

En lo requerido se encuentra el nombre, la organización delictiva a la que pertenece, su situación jurídica y el número de expediente  de los 38 detenidos entre septiembre de 2013 y julio de 2014.

 “En tanto que el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita vulnera bienes jurídicamente tutelados como la estabilidad económica, la estabilidad del sistema financiero del país y la seguridad nacional se considera que existe un interés público en identificar a quienes de manera probada mediante sentencia ejecutorial e irrevocable han * dicho delito”, Alicia Cano Guadiana, Consejera INAI.

El INAI aseguró que la PGR está en posibilidad de identificar a las 38 personas referidas ya que participó de manera conjunta con la Policía Federal en la captura.

En otro asunto, instruyó a la Comisión Federal de Electricidad dar a conocer estudios técnicos utilizados para la construcción de presas sobre el Río Usumacinta.

 “Adicionalmente es de especial importancia señalar que la información de interés del particular es de carácter medioambiental, derivado de que se trata de un proyecto para la construcción de una presa sobre el río Usumacinta, lo cual se vincula con el derecho a un medio ambiente sano previsto en el Artículo 4 de la Constitución”, María Patricia Kurcyn Villalobos, Consejera INAI.

El INAI determinó que  la información es de interés público ya que en la cuenca del Usumacinta las diversas áreas protegidas representan el 32.5 % y las obras que allí se realicen podrían afectar a las más de 15 mil comunidades indígenas que la habitan.

Emmanuel Saldaña 

‏@emanuelcomunica 

  

El TEPJF se pronunció por la paridad de género en las contiendas electorales 

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se pronunció por la paridad de género en las contiendas electorales.

En una sentencia aprobada por unanimidad, la Sala Superior ordenó al Instituto Electoral de Chiapas que cumpla con ese principio en el registro de candidaturas.

La Sala Regional Xalapa había declarado improcedente la intención de revocar el acuerdo de ese instituto que había aprobado el registro de candidatos a diputados locales y miembros de ayuntamientos en ese estado.

Esto amerita una medida de apremio y concretamente una amonestación a los integrantes del consejo general del instituto de elecciones y participación ciudadana de Chiapas”, Maria del Carmen Alanís, Magistrada TEPJF.

“Un país machista como el nuestro tiene una deuda histórica con las mujeres y ésta se paga con acciones específicas que han generado un esfuerzo institucional, funcional y normativo en todas las latitudes del país entra. Pareciera que no sirven de nada cuando se aplican, cuando todos los partidos políticos las incumplen”, Salvador Olimpo Nava, Magistrado TEPJF.

Cabe destacar que la elección en Chiapas se llevará a cabo el próximo domingo 19 de julio.

En otro asunto, la magistrada y los magistrados consideraron que una sanción que impuso la sala regional especializada al Partido Verde Ecologista y al PAN, vulneró el principio de exahustividad.

Ordenó a esa Sala que individualice nuevamente las sanciones, porque existe responsabilidad de los dos partidos en la contratación de vallas electrónicas en el estadio Omnilife de Guadalajara, para la difusión de propaganda.

La Sala Superior se pronunció por la constitucionalidad de los recursos de reconsideración para controvertir sentencias de fondo.

Definieron ese criterio tras confirmar una sentencia de la Sala Regional Toluca que sobreseyó un juicio contra los resultados del cómputo distrital de la elección de diputado federal, así como la declaratoria de validez y expedición de constancias de mayoría por el Consejo Distrital del INE en Jilotepec, Estado de México.

Mario López Peña

@elogiodeljabon 

Tribunales agrarios, obligados a contar con intérpretes en lenguas indígenas para juicios orales en 2016 

A partir del inicio del sistema acusatorio en 2016, los tribunales agrarios estarán obligados a contar con intérpretes en lenguas indígenas para los juicios orales.

El Instituto Nacional de Lenguas Indígenas puso a disposición de jueces y magistrados el padrón de intérpretes certificados y acreditados al cual podrán acceder mediante una clave.

Y es que una de las principales causas de violación al debido proceso en materia indígena, es que no se les proporciona un intérprete en su lengua.

Los procesos de procuración y administración de justicia se ignoran los usos y costumbres de la población indígena y que es muy importante que se retomaran estos temas de usos y costumbres para promover el pluralismo político”, Genaro Cerna Lara, Director de Acreditación, Certificación y Capacitación del INALI.

Actualmente en México hay 562 casos de indígenas en reclusión, procesados o sentenciados y solo en 3 se realizaron peritajes antropológicos.

El 27 % de ellos no contaron con defensor y sólo el 16 % tuvo traductor en su lengua en algún momento de su proceso.

Para los juicios orales obviamente el trabajo de los intérpretes orales resulta fundamental, no sé cómo se desarrollen los juicios agrarios, si también son orales, entonces vamos a necesitar los servicios de estos intérpretes”. 

Durante la Onceava Reunión Nacional de Magistrados de los Tribunales Agrarios se destacó la necesidad de profesionalizar a los intérpretes en lenguas indígenas en materia judicial.

A fin de que estén familiarizados con los términos y conceptos legales.

Entre las lenguas más comunes en procesos judiciales son náhuatl, zapoteca, mixteca, tzotzil y totonaca.

Martha Rodríguez

@marthaarod 

 

México cumplió 2 años de no sembrar maíz transgénico, aseguraron organizaciones campesinas y ciudadanas.

  

En conferencia, señalaron que mediante una orden judicial, desde 2013 obtuvieron la suspensión provisional.

“Ahora el juez está por decidir la suspensión de siembra definitiva, qué quiere decir esto, hasta el final del juicio”, Rubén Sánchez, Abogado Colectividad contra el Maíz Transgénico.

Afirmaron que México puede alcanzar la autosuficiencia alimentaria y maicera, sin el uso de los transgénicos.

“Frente a los mitos y mentiras de las empresas de biotecnología, que solamente con su tecnología riesgosa y en manos de monopolios”, Víctor Suarez, Asociación Nacional de Empresas Comercializadoras.

Explicaron que se suspendieron 79 solicitudes de permisos de siembra de maíz transgénico, alrededor de 3 millones de hectáreas.

El transgénico es un maíz modificado mediante técnicas de ingeniería genética.

Las dos características más comunes en el maíz transgénico son: la tolerancia a herbicidas y la resistencia a insectos.

De acuerdo con Greenpeace, entre los efectos a la salud por el consumo de transgénicos se encuentran:

La aparición de nuevas alergias, resistencias a antibióticos, y disminución de la fertilidad.

Oscar González

@okogonzalez08 

 

La Primera Sala determinó que la obligación de cubrir alimentos a cargo de los abuelos, es de naturaleza subsidiaria

La Primera Sala de la Corte determinó que la obligación de cubrir alimentos a cargo de los abuelos, es de naturaleza subsidiaria. 

Es decir, solamente se actualiza ante la falta o imposibilidad de quienes ejercen la patria potestad.

Cuando los padres existen, su obligación es dotar los alimentos y si uno de ellos carece de empleo, el otro progenitor, en su carácter de deudor preferente debe de cubrirlos, pues no se advierte la existencia de una obligación directa a cargo de los abuelos. 

También estableció como criterio que en las ventas judiciales, el inmueble pasa al comprador libre de gravamen, salvo estipulación expresa en contrario. 

Sin que esto implique que el bien hipotecado rematado, extinga el adeudo, independientemente del precio de venta pactado. 

El juez debe solicitar al registro público de la propiedad un certificado de libertad de gravamen del inmueble sujeto a remate, si de este se desprende algún adeudo, se deberá asegurar que lo que se pague, se destine a la liquidación de la hipoteca. 

Al resolver un amparo en revisión, determinaron cómo debe interpretarse el Artículo 93 de la Ley de Justicia Administrativa de San Luis Potosí. 

Norma que instruye a la Sala, al pronunciar sentencia, suplir la deficiencia de la queja planteada en la demanda, siempre que de los hechos se deduzca el agravio, centrándose en el punto de la litis, la cual no se dice como se configura. 

Dicho concepto debe entenderse como de litis abierta, lo cual permite a la persona que presentó la demanda, formular conceptos de impugnación en contra de dicha resolución, como de la originalmente recurrida. 

En el caso, se revocó la sentencia y amparo al quejoso, quien fue inhabilitado por 4 años, pues como director de un centro de salud, se le atribuyó abuso de autoridad y trato discriminatorio. 

Los ministros también determinaron la inconstitucionalidad e inconvencionalidad, del Artículo 11 del Decreto 17 mil 114 para la regularización de predios rústicos de la pequeña propiedad del estado de Jalisco. 

Pues obstaculiza el acceso a la justicia para impugnar los actos del Comité Interinstitucional para la citada regularización, pues solo permite ventilarlos en la vía civil, sin la posibilidad de revisarla en una instancia judicial.

José Luis Guerra 

Vehículos en el DF podrán obtener calcomanía cero, si cubren  requisitos de niveles de emisión establecidos NOMs

Todos los vehículos en el DF podrán obtener calcomanía cero, si cubren los requisitos de niveles de emisión que establecen las normas oficiales mexicanas.

Es decir, podrían circular diario sin importar el año del automotor.

Así lo establece el acuerdo que modifica el aviso por el que se da a conocer el Programa de Verificación Vehicular para el segundo semestre de 2015 en la capital del país.

Esto en cumplimiento de la resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que determinó que el año de un vehículo no debe limitar la obtención de un determinado holograma de ese programa obligatorio en el DF.

Dicha resolución atendió a la protección del derecho a la igualdad que establece el Artículo primero de la Constitución.

En las modificaciones publicadas en la Gaceta Oficial, destaca que los vehículos de uso particular a gasolina con holograma dos, podrán acceder al holograma uno o cero, siempre y cuando en el proceso de verificación vehicular acrediten el nivel de emisiones correspondiente.

Así como el proceso de revisión visual de humo y de componentes vehiculares.

El Gobierno del Distrito Federal informó que solicitará a la Comisión Ambiental de la Megalópolis la modificación del Programa de Verificación.

Dicha Comisión la integran con el DF, el Estado de México, Tlaxcala, Puebla, Hidalgo y Morelos.

Mario López Peña

@elogiodeljabon 

Primera Sala resuelve asuntos sobre ventas judiciales, Ley de Justicia Administrativa de San Luis Potosí y regularización de predios en Jalisco

La Primera Sala estableció como criterio que en las ventas judiciales, el inmueble pasa al comprador libre de gravamen, salvo estipulación expresa en contrario. (Contradicción de tesis 331/2014).

Sin que esto implique que el bien hipotecado rematado, extinga el adeudo, independientemente del precio de venta pactado.

El juez debe solicitar al registro público de la propiedad un certificado de libertad de gravamen del inmueble sujeto a remate, si de este se desprende algún adeudo, se deberá asegurar que lo que se pague, se destine a la liquidación de la hipoteca.

Al resolver un amparo en revisión, determinaron cómo debe interpretarse el Artículo 93 de la Ley de Justicia Administrativa de San Luis Potosí. (Amparo directo en revisión 5269/2014).

Norma que instruye a la Sala, al pronunciar sentencia, suplir la deficiencia de la queja planteada en la demanda, siempre que de los hechos se deduzca el agravio, centrándose en el punto de la litis, la cual no se dice como se configura.

Dicho concepto debe entenderse como de litis abierta, lo cual permite a la persona que presentó la demanda, formular conceptos de impugnación en contra de dicha resolución, como de la originalmente recurrida.

En el caso, se revocó la sentencia y amparo al quejoso, quien fue inhabilitado por 4 años, pues como director de un centro de salud, se le atribuyó abuso de autoridad y trato discriminatorio.

Los ministros también determinaron la inconstitucionalidad e inconvencionalidad, del Artículo 11 del decreto 17 mil 114 para la regularización de predios rústicos de la pequeña propiedad del estado de Jalisco. (Amparo directo en revisión 375/2015).

Pues obstaculiza el acceso a la justicia para impugnar los actos del comité interinstitucional para la citada regularización, pues solo permite ventilarlos en la vía civil, sin la posibilidad de revisarla en una instancia judicial.

José Luis Guerra García

Condena CIDH asesinato de periodistas Filadelfo Sánchez y Juan Mendoza Delgado

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos condenó el asesinato de los periodistas Filadelfo Sánchez y Juan Mendoza Delgado, la semana pasada.

Manifestó su preocupación e instó a las autoridades a actuar de manera pronta y oportuna para esclarecer los motivos de los crímenes e identificar y sancionar a los responsables.

Filadelfo Sánchez era locutor de radio y fue baleado al salir de su trabajo en el estado de Veracruz, mientras que  Juan Mendoza Delgado era director de un sitio de noticias en Oaxaca y fue hallado muerto presuntamente atropellado.

A este llamado se sumó la UNESCO, que pidió además, investigar el caso del periodista Gerardo Nieto Álvarez, quien fue degollado el pasado 26 de junio en Guanajuato.

En 2014 fueron ocho los comunicadores asesinados en México y en lo que va del año se han registrado seis casos.

Ambas organizaciones recordaron que el asesinato, secuestro y la intimidación contra periodistas y medios de comunicación viola los derechos fundamentales de las personas y la libertad de expresión.

Reforman reglamento de la Ley sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas

Se reformó el reglamento de la Ley sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas para establecer que las declaratorias de monumentos artísticos e históricos, así como las de zonas de monumentos arqueológicos, serán expedidas o revocadas por el Presidente de la República.