Día de la Organización Mundial de la Salud

Desde su primera reunión en Ginebra, Suiza, en 1948, la Organización Mundial de la Salud, se ha especializado en gestionar políticas públicas de prevención, promoción e intervención en salud.

Cuenta con 193 estados miembros, los cuales a su vez, designan a sus delegaciones que se reúnen en mayo de cada año.

Definen políticas financieras, revisan y aprueban presupuestos.

La OMS reconoce este 28 de julio como el primer Día Mundial contra la Hepatitis, iniciativa a la que se sumarán 193 países.

La hepatitis afecta a 500 millones de personas en todo el mundo y causa un millón de muertes cada año; es 100 veces más infecciosa que virus del VIH; una de cada tres personas está expuesta a virus.

Cada año, la Organización Mundial de la Salud elige un tema para analizar y hacer propuestas.

2011 corresponde a la resistencia a los antimicrobianos y su propagación mundial.

Los antimicrobianos son medicamentos utilizados en el tratamiento de infecciones.

La resistencia a los antimicrobianos o fármaco resistencia se produce cuando los microorganismos, sean bacterias, hongos, virus o parásitos, sufren cambios que hacen que los medicamentos para curar dejen de ser  eficaces.

Las infecciones por microorganismos resistentes pueden causar la muerte del paciente, transmitirse a otras personas y generar grandes costos.

A 63 años de su fundación, la OMS urge a los gobiernos, los profesionales de la salud, la industria, sociedad y  pacientes, que actúen a fin de aminorar la propagación y resistencia de enfermedades , así como para preservar los adelantos médicos para las generaciones futuras.

Oscar González

 

Afectaciones por caries dental

Es un padecimiento crónico que produce daños físicos y psicológicos.

Disminuye las funciones masticatorias; y la falta de piezas, afecta la autoestima, al grado del aislamiento social.

Es provocada por malos hábitos de higiene, microorganismos, elementos del medio ambiente y por la cantidad de fluoruro que contiene el agua.

La caries dental.

En la Ciudad de México, a los 12 años de edad, los niños tienen en promedio tres piezas dañadas; y a nivel nacional, seis de cada 10 niños de los seis a los 12 años, presentan al menos, una pieza careada.

“Con una prevalencia mayor al 95 por ciento en niños de edad escolar primaria,  eso quiere decir que de cada 10 niños que  están en primaria 9 y medio tienen por lo menos una lesión cariosa en su boca”, Jaime Edelson, Pdte. Asociación Dental Mexicana.

El departamento de salud pública y epidemiología bucal, de la facultad de odontología de la UNAM, informó que las bacterias que provocan caries, se pueden relacionar con diabetes e hipertensión.

Si no se tiene una buena función masticatoria, no se  generan buenos impulsos nerviosos, lo que deteriora la capacidad cognitiva.

Una dentadura funcional requiere al menos 20 dientes.

Cepillarse después de cada comida, uso de hilo dental para limpieza y visitar al dentista dos veces al año, hacen fácil la prevención de la caries.

Oscar González

México discriminatorio

Aunque hay avances en la ley para prohibir cualquier forma de discriminación, en la realidad aún se reproducen diversas formas de exclusión, segregación y violencia.

Los grupos más discriminados en México son los indígenas, seguido de los migrantes, personas con discapacidad o preferencias sexuales distintas e incluso mujeres en situación de pobreza.

La Encuesta Nacional sobre Discriminación 2010 reveló que tres de cada 10 mujeres mexicanas pide permiso a su pareja o avisa para decidir por quién votar; además, 4 de cada 10 piden permiso o avisa para utilizar anticonceptivos.

Además 26  por ciento de los mexicanos aseguran que alguna vez han sentido que sus derechos no han sido respetados por no tener dinero; 20.2 por ciento por su apariencia física; 19.8 por ciento por su edad y 16.9 por ciento por su religión.

Investigadores de la UNAM consideraron que para avanzar en la lucha contra esta forma de opresión y por los derechos fundamentales, no basta el reconocimiento jurídico, sino que deben ponerse en marcha estrategias capaces de incidir en el estado mexicano.

Las formas de exclusión son múltiples, el racismo, la misoginia y la homofobia son sólo algunas.

Discriminar significa dar trato diferente  a una persona, basado en uno de los criterios vedados por la constitución: género, origen étnico o nacional y preferencia sexual.

En el caso de la homofobia, el problema reside en que no sólo se producen tratos desiguales sino que en ocasiones deriva en agresión física contra quienes buscar ejercer su libertad y derecho.

Martha Rodríguez

Jurisprudencia por pensión de viudez

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitió jurisprudencia derivada de una Contradicción de Tesis, en el sentido de que procede el otorgamiento de pensión de viudez a favor de la concubina cuando haya tenido hijos con el asegurado, si en la fecha de su fallecimiento ambos estaban libres de matrimonio.

El artículo 130 de la Ley del Seguro Social, establece que para que una mujer, como concubina del trabajador asegurado o pensionado por invalidez, tenga derecho a recibir la pensión a que alude dicho artículo, debe estar en alguno de los siguientes supuestos.

Haber vivido con el finado como si fuese su marido durante los cinco años que precedieron a su muerte.

Haber tenido hijos de aquél, siempre y cuando ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

Este último supuesto no exige la convivencia marital durante los cinco años previos al deceso del trabajador asegurado o pensionado, sino que puede ser por cualquier tiempo, siempre y cuando hubiesen procreado hijos de esa unión,  y en ningún caso se señala que esos hijos deban nacer durante el concubinato.

Si en el juicio laboral en el que se demanda la pensión de viudez se acredita que el asegurado o pensionado por invalidez y la reclamante de la pensión, ambos libres de matrimonio, cohabitaron como si fueran marido y mujer antes del fallecimiento de aquél y además procrearon hijos, independientemente de que éstos hubiesen nacido antes del concubinato, procede otorgar la pensión.

José de Jesús Cruz Sibaja

Controversias constitucionales relacionadas con el Apagón Analógico

El 20 de octubre del 2010 la Ministra Olga Sánchez Cordero admitió las controversias constitucionales que interpuso el Congreso de la Unión en contra del decreto presidencial que adelanta del 2021 al 2015, el llamado Apagón Analógico.

“El tema para la Corte no es ni político, ni social, ni económico, el tema es estrictamente constitucional y es estrictamente jurídico”.

Los legisladores consideran que el ejecutivo federal se excedió en sus facultades, al emitir este decreto.

La Ministra Sánchez Cordero ordenó la suspensión del acto reclamado, es decir, el adelantó del Apagón Analógico.

“Porque si no se concede la suspensión del decreto se quedaría sin materia la pregunta y la Controversia Constitucional que interpusieron las dos Cámaras”.

El Presidente de la República y la Comisión Federal de Telecomunicaciones, la COFETEL impugnaron esta decisión a través de cuatro recursos de reclamación.

El 23 de febrero de 2011 por mayoría de tres a dos la Primera Sala de la Corte rechazó la propuesta del Ministro José Ramón Cossío Díaz para levantar la suspensión del Apagón Analógico, por considerar que el decreto es una norma general contra la que no procede la suspensión.

Creo que hay la creación de un órgano específico con competencias abstractas para llevar a cabo estos mismas acciones y a mi parecer, cuando se confieren competencias tiene características de normas generales”.

Desde otra perspectiva se dijo que no es posible dividir los efectos de una suspensión.

Desde mi punto de vista no es aceptable hacer está división, si fuera norma general no procedería la suspensión en su contra en términos del 14 de la Ley Reglamentaria”, Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

La mayoría en la Primera Sala coincidió en que las normas generales son únicamente las emitidas por el ejercicio de facultades legislativas.

“El decreto impugnado no constituye un reglamento emitido en el marco del 89 constitucional… Se trata de un instrumento de política pública a través del cual se dan lineamientos a la administración pública federal”, Ministro Presidente 1ª Sala, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

“Son actos jurídicos individualizados concretos, acciones concretas, y en este sentido fue que concedí la suspensión”, Ministra Olga Sánchez Cordero.

El asunto fue returnado al Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y el 29 de junio de este año la Primera Sala confirmó la suspensión del Apagón Analógico.

Porque no se pone en peligro a ninguna institución fundamental para el orden jurídico, ni se produce una afectación grave a la sociedad.

Por lo tanto, el Gobierno Federal no podrá concesionar la banda de 700 megahertz, ni asignar nuevas concesiones y permisos de radiodifusión con señal digital, hasta que la Corte resuelva las controversias constitucionales interpuestas por el Senado y la Cámara de Diputados.

Verónica González

Determina la SCJN que congresos estatales tienen facultades concurrentes para regular prevención, persecución y sanción del narcomenudeo

El Pleno de la Suprema Corte determinó que los congresos locales y el Congreso de la Unión tiene facultades concurrentes para regular la prevención, persecución y sanción del narcomenudeo.

Con este argumento se resolvieron cinco demandas promovidas por la Procuraduría General de la República.

La PGR demandó a los congresos de Quintana Roo, Jalisco, Chihuahua, Campeche y Baja California, por considerar que se excedieron en sus atribuciones, al determinar que las reformas a la Ley General de Salud, que los facultan para resolver delitos relacionados con el  narcomenudeo, entraran en vigor en el 2012.

Cuando el Congreso de la Unión estableció un plazo de un año para que ajustaran sus leyes, que a más tardar en tres años tendrían que entrar en vigor.

Por mayoría de seis a cinco la Corte desestimó los argumentos de la PGR y señaló que los estados pueden determinar en qué momento entran en vigor las nuevas disposiciones, siempre que no rebasen el plazo de tres años.

 Esta reforma da competencia a jueces locales para resolver juicios relacionados con el narcomenudeo.

Sin embargo, los plazos de un año y tres años que señala el artículo transitorio de dicha reforma provocaron confusión entre tribunales colegiados.

Al resolver una Contradicción de Tesis, la Suprema Corte determinó que los jueces locales tienen competencia para resolver sobre estos delitos desde agosto del año pasado.

“Resulta incuestionable que a partir del veintiuno de agosto de dos mil diez, se encuentra vigente la competencia de las autoridades estatales de seguridad pública, procuración e impartición de justicia”, Ministra Olga Sánchez Cordero.

Sin embargo, algunos ministros objetaron este argumento, porque en su opinión los jueces locales no tienen aún las herramientas necesarias para resolver sobre estos delitos.

Así se dio el debate en el Pleno.

“Para las entidades federativas ese sistema competencia debe entrar hasta un máximo de tres años después de la entrada en vigor del propio decreto”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.

“Al año, con o sin modificaciones que se le había dado la oportunidad a la Legislatura del Estado, ya son competentes por disposición del artículo 474 las autoridades estatales”, Ministro Luis María Aguilar Morales.

“Sí llamar la atención de los extremos a que nos llevaría no considerar que nos vincula la votación anterior, y general una distorsión de competencia legislativa por un lado, por una vacatio legis hasta de tres años, y una competencia jurisdiccional que entre prácticamente de inmediato”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

“Yo no creo que generemos un problema, al contrario vamos a dar certeza, vamos a dar certeza y decir competencia jurisdiccional existe, la jurisdicción local tiene competencia desde el día siguiente de la entrada en vigor –desde mi perspectiva”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.

Luego de un intenso debate, por mayoría de seis a cinco el Pleno determinó que las autoridades estatales ya tiene competencia para resolver sobre delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo.

Verónica González