Las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son obligatorias para el Poder Judicial Federal
05/07/2011 Deja un comentario
Las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son obligatorias para el Poder Judicial Federal.
Así lo determinó por unanimidad el Pleno de la Suprema Corte, al analizar los alcances de la sentencia del tribunal internacional en el caso de la desaparición del activista Rosendo Radilla.
La resolución ordena al estado mexicano ajustar sus leyes para que los militares que comenten delitos contra ciudadanos sean juzgados por tribunales civiles.
En opinión de algunos ministros la Corte Interamericana se excedió al dictar esta sentencia.
“¿Será entonces esta Corte Interamericana la autoridad suprema por encima de las instituciones nacionales la que dicte la política pública del Estado Mexicano?”, Ministro Luis María Aguilar Morales.
“Yo pienso que la debe cumplir pero condicionalmente a la observancia del principio mínimo de reciprocidad… México no puede aceptar desfases de tal calibre”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.
No obstante, la mayoría en el Pleno consideró que el contenido de la sentencia de la coRte Interamericana es cosa juzgada.
“La sentencia ya no es para discutir ninguno de sus contenidos el Estado Mexicano ya la aceptó y ya hizo declaraciones de que se atenderá, nos toca una porción de la responsabilidad del cumplimiento”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.
“A mí de verdad me resulta muy difícil que nosotros podamos ahora abrir incidentes interno como órgano nacional cuestionando la competencia de un tribunal al que voluntariamente decidimos someternos en un acto soberano que fue someternos a una Tribunal Internacional”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
“Es una sentencia que es cosa juzgada para el Estado Mexicano no podemos nosotros revisar esta sentencia no podemos decidir si la sentencia es correcta o es incorrecta”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Al final se determinó por unanimidad que las sentencias son obligatorias, aunque algunos ministros hicieron algunas salvedades.
“Eventualmente se sostuviera un criterio que pudiera pugnar con nuestra constitución entonces de ninguna manera podría ser obligatoria es criterio para la SCJN”, Ministro Fernando Franco González Salas.
Tras un intenso debate, por mayoría de ocho a tres el Pleno determinó que frente a las sentencias del tribunal internacional no se pueden revisar las excepciones hechas por el estado mexicano.
Además se dijo que los criterios interpretativos, contenidos en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, solo son orientadores para las resoluciones del Poder Judicial Federal.
“El proyecto insiste en la reforma al artículo 1º de la constitución reciente, yo siento que eran en sí mismas obligatorias, por estos Pactos desde antes”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.
EL análisis de este asunto continuará en la sesión del próximo jueves.
Verónica González