Por mayoría de seis a cinco, el Pleno de la Corte ordenó consignar ante un juez de procesos penales federales a Omar Alí Sosa López, ex presidente de la Junta Especial Número 3 de Conciliación de Chiapas.
La determinación se adoptó a pesar de que el nuevo titular de la Junta, ya había cumplido con la sentencia reclamada, pues Sosa López, hizo todo lo posible para evadir el cumplimiento.
“No se trata de una mera omisión, aquí se trata de actos que buscan no cumplir una sentencia original de amparo, que obligaba a continuar con un remate, siguió un juicio adicional, en el juicio que siguió se definió que no correspondía ni al Ministerio Público, ni al presidente de una Junta suspender ese remate, no obstante lo anterior volvió a suceder lo mismo”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.
Decisión que no compartieron cinco ministros, quienes insistían en declarar sin materia el recurso.
“Y al haber cumplimiento como habíamos mencionado, el tratamiento que se les da al haber cumplimiento es declarar sin materia el incidente respectivo y archivar el expediente y por tanto esto no da lugar a sanción ni del actual titular, ni de los anteriores”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.
“Porque yo quiero reiterar lo que he sostenido siempre, no podemos en aras de esto ir en contra de lo que a mí juicio establece la constitución y las leyes”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.
Sin embargo, seis ministros apoyaron la propuesta de consignar al ex presidente de dicha Junta.
“Aquí hay una actitud clara de quienes ocuparon ese cargo de no cumplir con la sentencia y de provocar inclusive condiciones jurídicas procesales para evitar su cumplimiento”, Luis María Aguilar Morales, Ministro SCJN.
“Para mí la constitución y la Ley reglamentaria son muy claras y buscan dos propósitos, primero son compulsivas del cumplimiento y segundo sancionatorias de la contumacia”, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Ministro SCJN.
Quienes votaron en contra de la resolución, indicaron que ello obligaba a revisar los criterios del Máximo Tribunal sobre este tema.
“Y por supuesto que sí se está modificando el criterio tradicional de los precedentes en el pleno, lo cual reitero, no tiene nada de particular, siempre y cuando se justifique el cambio y se sea consistente con este cambio en el futuro”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.
“Yo no tengo la verdad, ni pretendo tener la verdad para saber cuándo mis compañeros cambian de criterio y hacer apelaciones así, se ha cambiado de criterio, yo creo que eso es un poco complicado, tendríamos que ver uno por uno los asuntos y efectivamente ver las votaciones, no pretendo para mí esa calidad, ni esa condición de la verdad”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.
El Pleno por mayoría de votos rechazó que se consignara al responsable solo para que se le fijara la pena por la falta cometida.
“La consignación y también se hizo en función de las maniobras de incumplimiento, como hechos probablemente constitutivos de delito que esto es importante, no, aquí yo también me separo de la propuesta del proyecto, de la consideración que hace el ponente en el sentido de que es solamente para la individualización de sanciones, no es así es la sustitución que se hace del Ministerio Público, vamos a decir en función de consignar los hechos para que sea, vamos materia del análisis por el juez correspondiente, eso es en lo único que me separo”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.
Una vez concluido este asunto, el Pleno retiró de última hora un incidente más, debido a que recibieron documentación del Municipio de Santa Catarina, Nuevo León, con la que pretendía demostrar el cumplimiento de la sentencia reclamada.
José Luis Guerra García