Hoy en las Salas de la SCJN
02/05/2012 Deja un comentario
La Segunda Sala de la Corte otorgó un amparo al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros para que la Secretaría del Trabajo tome nota de la elección de Napoleón Gómez Urrutia como su líder sindical.
La sentencia se basa en el criterio establecido por el Pleno del Máximo Tribunal en el sentido de que la Secretaría del Trabajo no puede constituirse en autoridad electoral en los procesos de renovación de dirigencias sindicales.
Napoleón Gómez Urrutia fue elegido como líder de los mineros en la Asamblea General de 2008, para un periodo de 6 años.
Al resolver una contradicción de tesis la Primera Sala determinó que en juicios de divorcio los jueces deben actuar de oficio y recabar las pruebas necesarias para determinar si uno de los cónyuges se encuentra en estado de necesidad.
En ese caso se debe fijar una pensión alimenticia, respetando el derecho de audiencia del otro cónyuge.
Aunque la legislación de Veracruz considera que en el divorcio por separación de más de dos años, no hay derecho a pensión alimenticia, se debe proteger la supervivencia de quien no puede allegarse por su propia cuenta de lo necesario para vivir.
En otro asunto se confirmó la invalidez de la norma que establece el plazo para formular conclusiones en un juicio militar con base en el número de fojas que integren el expediente.
Los quejosos fueron acusados del delito de falsificación y con base en la norma impugnada, el juez fijó un plazo de dos años y 7 meses para presentar conclusiones.
La Primera Sala determinó que este artículo viola el derecho a la impartición de justicia pronta y expedita.
En otro juicio los ministros determinaron que TV AZTECA violó el derecho a la cultura al editar las películas Bienvenido-Welcome y La mujer de benjamín para su transmisión por televisión.
Al otorgar un amparo a La Sociedad Mexicana de Directores de Obras Audiovisuales, la Corte señaló este derecho garantiza al ciudadano ver obras completas y disfrutar de los bienes y servicios que presta el estado en materia de cultura.
TV AZTECA también violó los derechos de los autores ya que el contrato que celebró con un empresario no la facultaba para suprimir escenas cinematográficas.
Verónica González